La Fiscalía no recurrirá la absolución de la Operación Rosado

D. V.
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El fallo benefició a una veintena de acusados por tráfico de drogas y pertenencia a grupo criminal

Juicio por la Operación Rosado. - Foto: Europa Press

Fiscalía de Valladolid ha acordado finalmente no recurrir la absolución en el caso de la 'Operación Rosado' que benefició a una veintena de acusados por tráfico de drogas y pertenencia a grupo criminal, fruto de la nulidad del auto judicial que autorizó los primeros 'pinchazos telefónicos', con lo que ya es firme la sentencia dictada en su día por la Audiencia Provincial y ratificada a primeros de mes por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El fallo inicial de la Audiencia de Valladolid, de mayo del pasado año, ahora confirmado, tuvo también su repercusión en el segundo procedimiento de la supuesta trama de favores entre un guardia civil y cuatro empresarios que tuvo que ser suspendido por dicho motivo y que ahora podría concluir también en la absolución de los encausados, algo que se conocerá finalmente una vez que la juez de Penal 1 convoque la correspondiente vista y resuelva las solicitudes de absolución que serán formuladas por las defensas.

La sentencia de la 'Operación Rosado' dictada por el tribunal vallisoletano fue ratificada en enero por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, que desestimó así el recurso de la acusación pública y confirmó en todos sus términos el fallo absolutorio acordado en primera instancia que decretó la nulidad de las escuchas telefónicas en el juicio por la 'Rosado'.

El tribunal vallisoletano, en contra del criterio de la acusación pública, acordó por ello absolver a los integrantes del 'clan de los Varela', con su líder a la cabeza, Rafael; un hijo y un yerno de éste, Manuel y Ernesto I, respectivamente, junto con el padre de este último, Juan Carlos ('JC'), además de Francisco Miguel A.L. ('Kiko') y Roberto P.A, quienes se exponían a condenas de entre cinco años y medio y seis años y medio de cárcel y, en todos los casos, a multas por cabeza de 300.000 euros.

Pero también extendió el fallo a los otros de dieciséis de los veintitrés encausados en este mismo proceso--hay uno que se encuentra fugado--que se conformararon en la primera jornada del juicio con una condena inferior de la inicialmente solicitada por la acusadora pública, entre un año y tres meses y tres años de cárcel.

Del resultado de este proceso pende también la suerte del agente de la Guardia Civil y de otros cuatro acusados en la denominada trama de favores por delitos de revelación de secretos y tráfico de influencias, ya que el juicio por este último procedimiento, derivado del anterior, fue suspendido el 27 de mayo del pasado año por la juez de Penal 1 ante la repercusión directa que la absolución tendrá en la causa contra el funcionario público y sus compañeros de banquillo.

"Fruto del árbol envenenado"

Y es que, como así entendían todas las partes de este procedimiento, la nulidad de las escuchas telefónicas que dieron origen al primero de los procedimientos de la 'Rosado', autorizadas por el Juzgado de Instrucción 1 y que la Audiencia Provincial entiende que se basan en meras sospechas y dieron lugar a una "investigación prospectiva", afectan de lleno al segundo de los procedimientos por la doctrina del 'fruto del árbol envenenado'.

De hecho, la juzgadora en este segundo procedimiento optó la por la suspensión del juicio contra los cinco acusados, entre ellos el citado agente, a la espera de que la sentencia absolutoria del primero cobre o no firmeza, algo que ya ha ocurrido.