Un vecino de Ceinos evita un juicio con jurado

D.V.
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El acusado de entrar en abril de 2022 sin permiso en la vivienda de su expareja y causar distintos desperfectos en el inmueble tiene reconocida una alteración psíquica que atenuó su conducta el día de los hechos

Imagen de archivo del Palacio de Justicia. - Foto: E. Press

Un acuerdo ha permitido evitar la celebración del juicio con jurado popular contra un vecino de Ceinos de Campos que en abril de 2022 entró sin permiso en la vivienda de su expareja y causó distintos desperfectos en el inmueble.

Finalmente, la vista no será con jurado sino que quedará reducida a una comparecencia el próximo viernes, 10 de noviembre, en la que el encausado, H.P.O, se limitará a ratificar el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía -pedía una condena de dos años-, su defensa y la acusación particular, consistente en la aceptación de tres meses de prisión por allanamiento de morada, otros tres meses más por tenencia ilícita de armas, con la eximente incompleta en ambos casos de anomalía psíquica, y una multa de 120 euros por delito leve de daños, junto con la prohibición de aproximarse y comunicar con la víctima por espacio de tres años, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Los hechos objeto de la presente causa se remontan a las 04.00 horas del 24 de abril de 2022, fecha en la que H.P.O, de 55 años, enfadado porque su expareja había iniciado una relación sentimental con un amigo suyo, se personó en la vivienda de su antigua novia, en la calle Real de Ceinos de Campos, rompió a golpes la puerta de entrada y estalló contra el suelo varios envases de vidrio que portaba.

A la mañana siguiente, sobre las 11.00 horas, el acusado, aprovechando que la puerta seguía rota, entró en la vivienda de su ex sin su permiso y ya en el interior mantuvo una discusión con ella, que estaba acompañada de sus dos hijas menores y que en todo momento le pedía que abandonara el inmueble.

A misa tras la discusión

Durante la discusión, H.P.O. no cesó de dar voces y arrojó al suelo una botella de vino que portaba. El acusado, a pesar de que su exnovia le pedía insistentemente que se fuera, se mantuvo en el interior de la vivienda durante unos minutos, hasta que finalmente se marchó en dirección a la iglesia del pueblo, donde asistió a misa.

Además de los delitos de allanamiento de morada y daños leves, el acusado será condenado por tenencia de armas, ya que acudió a misa portando un revólver antiguo en la parte trasera del pantalón cubierto por el chaleco. Se trataba de un arma fabricada en los años 20, en perfecto funcionamiento, sin registrar y para la que el acusado no contaba con permiso o licencia.

El encausado tiene diagnosticada una bipolaridad y estructura obsesiva de personalidad y, además, había tomado el día de los hechos un ansiolítico, de ahí la atenuante que la acusación pública le aplica al considerar que actuó con sus bases psicobiológicas disminuídas.

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