Las quiebras de particulares se triplicaron en 2023

Óscar Fraile
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La agilización del proceso tras la reforma de la Ley Concursal ha hecho que 185 personas físicas se acogieran a la Ley de Segunda Oportunidad en los tres primeros trimestres del año pasado, frente a las 59 y 63 de los dos anteriores

Juzgados de Valladolid. - Foto: J. Tajes

Todas las personas físicas que caigan en una situación de insolvencia y cumplan unos determinados requisitos tienen, desde 2015, la posibilidad de acogerse a la Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, conocida como Ley de Segunda Oportunidad. Se trata de una herramienta para establecer un plan de pagos o, en su defecto, la liquidación de la deuda pendiente después de la enajenación de los bienes del deudor, de modo que pueda continuar con su proyecto vital. Es, en definitiva, un concurso de acreedores para personas físicas, muy similar al que está desde hace años normalizado para las empresas.

Hasta la fecha, el número de vallisoletanos que se ha acogido a esta ley es discreto. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en 2021 fueron 86 y en 2022, 103. Pero los datos cambiaron sustancialmente en 2023, como efecto de una reforma de la Ley Concursal, que entró en vigor en septiembre de 2022 y que favorece la agilización de los plazos y el abaratamiento del proceso para los interesados. Así, en los tres primeros trimestres del año pasado los vallisoletanos que se acogieron a ella ascendieron a 185, frente a los 59 y 63 del mismo periodo de los dos años anteriores. «Con la agilización de los plazos y el abaratamiento del proceso, lo que se consigue es que sea más atractivo para que la gente, que ve una posibilidad más real de solucionar su problema», explica Toni Galve, abogado de Repara tu Deuda, empresa especializada en este tipo de procesos.

Una de las grandes ventajas del cambio de esta ley es que los potenciales beneficiarios ya no tienen que intentar llegar a un acuerdo con los acreedores como paso previo a ir al juzgado. Un trámite que antes había que hacer ante organismos como la Cámara de Comercio o un notario. Es lo que se conocía como fase extrajudicial, que también tenía unos costes que ya no hay que asumir.

Además, la reforma de la ley abre la posibilidad de que los interesados cancelen deudas con la Administración de hasta 10.000 euros por institución pública. Es decir, no más de 10.000 euros con Hacienda, otros 10.000 con la Seguridad Social, etcétera.

En la actualidad, los concursos de acreedores de personas físicas son mucho más frecuentes que los de empresas. Entre enero y septiembre del año pasado, 185 y 32, respectivamente.

Un 'perdón' de 55.000 euros para volver a empezar

El Juzgado de Instrucción número 8 de la capital acordó exonerar a un vallisoletano de una deuda de 55.000 euros a la que no podía hacer frente después de un divorcio y tener que afrontar en solitario una hipoteca y el préstamo de un coche. Toni Galve, letrado de Repara tu Deuda que ha llevado el caso, explica que esta persona empezó a endeudarse «a principio de los 2000» para adquirir una vivienda y un coche. Por entonces gozaba de cierta estabilidad financiera, pero en 2004 se quedó sin trabajo, justo el año que nació su primera hija. Es decir, de golpe los ingresos descendieron y los gastos se multiplicaron. Los problemas de liquidez no tardaron en llegar porque todo el dinero que entraba en casa iba destinado a la manutención del núcleo familiar, y algunas facturas se empezaron a dejar de pagar.

Como solución temporal, este vallisoletano decidió solicitar más créditos personales, con intereses bastante altos, tal y como reconoce el letrado. La bola de nieve empezó a hacerse cada vez más grande, «hasta que llegó un momento en el que la situación era insostenible». Con todo, poco a poco «iba tirando», pero en 2018 llegó un divorcio que supuso un punto de inflexión en su situación. «La verdad es que firmó un convenio regulador que no le era muy favorable y se quedó con casi todas las deudas del matrimonio», explica Galve. El soporte económico de su cónyuge desapareció, al mismo tiempo que asumió las deudas de la vivienda y el coche, aparte de tener que afrontar la manutención de su hija. Además, al tratarse de una hipoteca variable, con el alza de los tipos de interés, las cuotas llegaron a superar los mil euros.

El afectado empezó a dejar de pagar los recibos y la situación se volvió tan complicada que tuvo que recurrir a la Ley de Segunda oportunidad. Como por entonces no había entrado en vigor la reforma de septiembre de 2022, estuvo obligado a una mediación con los acreedores en la que no se llegó a un acuerdo. Sus abogados solicitaron la liquidación de sus bienes, vivienda y coche, y la exoneración de la deuda que quedara después de este proceso, 55.000 euros, como así dispuso el juez.