El asesino de Sara no se beneficiará del 'solo sí es sí'

D.V.
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El tribunal y las partes están de acuerdo en que no se le puede aplicar la nueva ley a Roberto H.H., ya que, en su caso, se le impuso la condena máxima

Roberto, el presunto autor material, durante su declaración en el juicio por la muerte de Sara. - Foto: Efe

La Audiencia de Valladolid ha resuelto que Roberto H.H, condenado a prisión permanente revisable por el asesinato y violación de la niña Sara, de 4 años, en agosto de 2017 no figurará en la lista de los beneficiarios por las rebajas de condena en virtud de la aplicación de la polémica Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como la 'Ley del sí es sí'.

La decisión de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Vallisoletana, a la que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas, se produce después de que el órgano que condenó a la pareja en junio de 2019, tras el correspondiente juicio con jurado popular, evacuara consulta a las partes personadas en la causa y recibiera la negativa por respuesta tanto de la fiscal del caso como de la acusación popular, ejercida por la Asociación Clara Campoamor, pues consideran que dicha reforma no es de aplicación al reo ya que a éste se le impuso la máxima pena.

Su propio defensor ni siquiera se había llegado a pronunciar convencido de la imposibilidad de que su cliente, condenado a prisión permanente revisable y el añadido de otras penas que suman 22 años de cárcel, obtuviera una rebaja por el delito de violación.

La sentencia de la Audiencia de Valladolid fue ratificada en noviembre de 2019 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el caso de él, aunque aplicó una rebaja de quince años a su pareja y madre biológica de la víctima, Davinia M.G, cuya condena pasó de 28 años a 13 años de cárcel.

Con posterioridad, en mayo de 2020 fue el Supremo el que confirmó dicha condena, resolución finalmente mantenida en febrero de 2021 por el Tribunal Constitucional tras la decisión de éste de inadmitir los recursos de los condenados.

El origen del trágico desenlace de Sara se remonta a la relación de noviazgo que su madre Davinia inició a mediados de mayo de 2017, cuando aún ella seguía conviviendo en el domicilio familiar con su pareja y padre biológico de la pequeña, y casualmente, a partir de ahí la víctima, de forma sospechosa, comenzó a padecer todo tipo de lesiones, golpes y hasta alguna quemadura.

Protocolo de malos tratos

No fue hasta el día 11 de julio de 2017 cuando la madre, una militar destinada en el Palacio Real de Valladolid, decidió llevar a la pequeña al Servicio de Pediatría del Hospital Campo Grande para ser atendida de un fuerte hematoma en los labios y allí los facultativos, alertados por la cantidad de lesiones hallados en todo el cuerpo de Sara, activaron el protocolo de malos tratos.

"Tenía el culete, literalmente, cosido a hematomas", dijo gráficamente en el juicio una médico que la atendió. Sin embargo, los Servicios Sociales de la Junta no recibieron el encargo de Fiscalía de iniciar una investigación, por correo ordinario, hasta el día 25 del mismo mes, casi quince días después.

La entrevista que los funcionarios de la Junta mantuvieron al día siguiente con Davinia y las niñas ya les hizo sospechar, si bien no lograron volver a mantener encuentros con ellas debido a las largas dadas por la madre y ni siquiera consiguieron que los días 28 de julio y 1 de agosto les franqueara la puerta del domicilio.

Para cuando el día 2 de agosto las técnicos de los Servicios Sociales llamaron a Davinia por teléfono para comunicarle que se hacían cargo de la tutela de Sara, ya era tarde.

Al otro lado del teléfono la madre les advirtió entonces de que su hija yacía intubada, en muerte cerebral, en la UCI pediátrica del Clínico Universitario, donde falleció al día siguiente a causa de un traumatismo craneoencefálico sufrido fruto del posible zarandeo y golpeo de la cabeza de la niña con una superficie roma.

La autopsia practicada objetivó ya entonces una multiplicidad de lesiones, características del denominado 'síndrome del niño apaleado', con moratones de distinta evolución por todo el cuerpo que, según determinaron los forenses, no eran accidentales, así como evidentes muestras de haber sufrido una violación anal y vaginal, no consumada del todo debido a la constitución anatómica de la víctima.

Junto a los indicios de la autoría por parte de Roberto, las acusaciones añadieron los whatsapp intercambiados entre los acusados reveladores de la "obsesión" que él tenía por la víctima ("Sara es mía" o "la voy a comer el culete"); su oposición a que fuera atendida por médicos, el "temor" que infundía el acusado a Sara o la "extrema tristeza" que ésta mostraba en las últimas fotos antes de morir, coincidiendo con la entrada de su presunto verdugo en la vida de la madre.

Restos de Roberto en las uñas de la niña

Como vestigios objetivos de la culpabilidad de Roberto, las acusaciones enumeraron en el juicio el hecho de que era el único adulto que había en la casa, el mechón del pelo de Sara hallado en el pantalón corto que el acusado usaba a modo de pijama y, sobre todo, los restos biológicos encontrados bajo las uñas de la niña, prueba más que evidente de que ésta trató de defenderse sin éxito, si bien esa lucha quedó también reflejada en forma de arañazos en las manos y antebrazos del presunto autor del crimen.

Entre los móviles del crimen figura el odio que, presuntamente, Roberto sentía hacia las personas de origen rumano--era simpatizante del grupo neonazi Juventud Nacional Revolucionaria--, de ahí el término despectivo de "rumanilla" con el que éste se dirigía a la niña.

En cuanto a la propia madre, los acusadores, a excepción de la letrada del padre biológico, se mostraron contundentes al afirmar, en palabras de la fiscal, que "conocía y consentía" los malos tratos sufridos por la pequeña y pese a ello "dio prioridad absoluta a su relación de pareja, antepuso su interés egoísta y jugó a la ruleta rusa con su hija".