Maite Rodríguez Iglesias

PLAZA MAYOR

Maite Rodríguez Iglesias

Periodista


Vecinos de primera y segunda

22/09/2023

Los españoles son iguales ante la ley. Este derecho consagrado en el artículo 14 de la Constitución española no solo centra el debate de la política nacional por las distintas reclamaciones territoriales. El desequilibrio también se impone a nivel local, en las políticas más cercanas, aunque acapare menos titulares. Desde hace años, el Defensor del Pueblo y sus representantes en cada autonomía advierten a los ayuntamientos que no pueden cobrar distintos precios a los empadronados  y a los que no lo están por utilizar las instalaciones municipales o participar en cursos y talleres. Pero ha tenido que llegar el  Tribunal Supremo para ratificar que esta práctica, fruto de una decisión política, es abusiva y no respeta un derecho constitucional.
En Valladolid se instauró hace más de una década. Algunas localidades del alfoz vieron cómo sus piscinas eran un reclamo para los vecinos de la capital y decidieron aplicar una tarifa desigual. No tardó mucho en producirse la reacción de la capital. Y así llevamos años. La defensa de los alcaldes es que los tributos municipales de sus vecinos no deben sufragar los servicios a usuarios de otras localidades, aunque también se puede dar el caso de residentes empadronados. Un argumento perverso, que no tiene en cuenta la financiación estatal y regional, por ejemplo, pero que suele contar con el apoyo de los votantes hasta que deciden optar o necesitan recurrir a estas prestaciones en otra localidad y se encuentran con diferencias de precio de más de 100 euros en algunos casos. 
La variación de trato entre vecinos es mucho más llamativa, si como en el caso de la provincia, se da entre localidades que forman parte de una mancomunidad. En las páginas de este periódico se demuestra cómo ocho de los 25 municipios que forman parte de la Mancomunidad Urbana de Valladolid aplican estas diferencias. Pero el objetivo principal de esta agrupación pasa por prestar servicios comunes para ser más eficientes en el gasto público. 
 La discriminación por empadronamiento en los precios públicos no es menos grave que otras que se denuncian como agravios que dificultan la convivencia. El Supremo lo deja claro: «El empadronamiento no puede erigirse en un criterio razonable y objetivo a los efectos de justificar estas diferencias». Ahora solo falta que todos cumplan la ley.