Abren el plazo para pedir el pago fraccionado de impuestos

D. V.
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El sistema de pago en 12 mensualidades de tributos municipales se puede solicitar por Internet o en las dependencias municipales de la plaza de Santa Ana

Abren el plazo para solicitar la Cuenta Tributaria Municipal

El periodo para solicitar la adhesión al sistema especial de pago para el próximo ejercicio 2020 --la Cuenta Tributaria Municipal-- ya está abierto. Durante todo este mes de noviembre los contribuyentes podrán sumarse a esta modalidad del Ayuntamiento de Valladolid que cada año es más demandada. De hecho, este año han sido 3.235 ciudadanos los que han solicitado este sistema.

El concejal de Planificación y Recursos, Pedro Herrero, ha destacado la "comodidad" que implica la Cuenta Tributaria porque el importe total puede pagarse mensualmente sin ningún tipo de perjuicio para los vecinos; es decir, no hay cobro de intereses y se prorratea el pago a lo largo del año.

En el último ejercicio los 3.235 vecinos que utilizaron este método domiciliaron 9.616 recibos por un importe de 2,5 millones de euros. La cuota media que pagan los contribuyentes se sitúa en 65 euros al mes.

La Cuenta Tributaria Municipal es un sistema de pago con vencimiento especial que permite al contribuyente realizar, mediante ingresos mensuales a cuenta de la deuda tributaria anual estimada, el pago correspondiente a todos los tributos de cobro periódico anual que le afecten de entre los siguientes: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, Impuesto sobre bienes inmuebles, Impuesto sobre Actividades Económicas, Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de espacio para aparcamiento, Tasa por instalación de quioscos en la vía pública y Tasa por ocupación del suelo por cajeros automáticos.

Los ciudadanos interesados en utilizar esta modalidad de pago de los tributos, para el ejercicio 2020 deberán solicitarlo en el mes de noviembre del ejercicio 2019 y deberán estar incluidos en el censo de contribuyentes de los tributos enumerados anteriormente, no tener deuda pendiente en vía ejecutiva y domiciliar el pago de las cuotas en una única cuenta. Además, el importe total anual de la deuda tributaria no podrá ser inferior a 200 euros.