Sanción a una empresa de extintores por acoso a un empleado

D.V.
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CCOO asegura que la Inspección ha certificado que el trabajador recibió un trato hostil tras haber reclamado el cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales

Sanción a una empresa de extintores por acoso a un empleado

Una empresa de Valladolid dedicada al mantenimiento de extintores ha sido sancionada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) por someter a uno de sus trabajadores a un trato hostil por haberle reclamado el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales tras haber sufrido un accidente laboral en el interior de sus instalaciones.

Desde el momento en que el denunciante reclamó la situación de carencia de prevención en la empresa, y ante el silencio que recibía por su parte, esta realidad se puso en conocimiento de la propia Inspección, que finalmente ha terminado por dar la razón al empleado, representado por CCOO.

Esta situación ha acabado lesionando la propia salud del trabajador que llegó a estar mucho tiempo de baja por Incapacidad Transitoria a causa de las lesiones ocasionadas por la presión laboral desarrollada por esta mercantil contra él, según denuncia CCOO a través de un comunicado recogido por Europa Press.

El origen de esta situación se remonta al accidente laboral que sufrió el trabajador por caída desde una escalera de mano, la cual se encontraba en muy malas condiciones.

Dado que la empresa no tomaba medidas para subsanar este problema, el operario realizó una denuncia el 18 de enero de 2019 ante la ITSS, organismo que determinó la responsabilidad empresarial, así como un recargo de prestaciones como consecuencia de esas deficiencias.

Esta resolución molestó a la empresa, tal y como relata CCOO, hasta el punto que la persona afectada tuvo que efectuar una nueva denuncia, el 23 de mayo, pues la sociedad mercantil no le ofreció la realización de la vigilancia de la salud, como recoge el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

HASTA TRES DENUNCIAS CONTRA LA EMPRESA

Además, le imputó como tiempo de descanso la formación preventiva obligatoria que ofrece al trabajador, "una persecución y acoso que no cesaron" ante lo cual, tras la incorporación del empleado después tras el accidente sufrido, la empresa volvió a poner a su disposición otra escalera de mano defectuosa, lo que se tradujo en la interposición de una nueva denuncia el día 24 de agosto de ese mismo año y la consiguiente actuación de la ITSS.

La actuación de la empresa empezó a ser realmente lesiva sobre los derechos del trabajador en cuestión, hasta el punto de negarle la entrega de todas nóminas correspondientes al año 2019, lo que derivó en nueva denuncia, la tercera, ante la ITSS, lo que no evitó que la mercantil continuara con su persecución, con un retrado reiterado en la entrega de EPI, ropa de trabajo, falta de mantenimiento de equipos de trabajo puestos a disposición del reclamante, lo que determina que se averíen y dejen de funcionar, así como las dificultades deliberadas para que disfrutara de sus vacaciones anuales correspondientes a 2019.

En conclusión, "además de las sanciones ya establecidas a la empresa anteriormente, se ha procedido a extender un acta de infracción -por acoso laboral continuado del empleador hacia el trabajador que, además, ha producido daños en la salud del mismo- por incumplimiento de lo establecido en el arto 4.2. d) del Estatuto de los Trabajadores.

La infracción fue tipificada como una falta como muy grave, (arto 8.11. Ley infracciones y sanciones en el orden social) cuya sanción se impuso en su grado medio.

Para CCOO, este caso viene a manifestar las dificultades que tienen los trabajadores a la hora de reclamar sus derechos y que en muchas ocasiones no se denuncian por miedo, el largo camino que supone para ellos.