La Audiencia ratifica el archivo del caso del yate de Puente

D.V.
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El tribunal observa "mala fe" en la querella de la Asociación de Juristas Europeos Pro Lege y dice que "obedecen a meros intereses espurios, ajenos a la persecución de hechos de índole de relevancia penal"

Óscar Puente. - Foto: Ical

La Audiencia Provincial de Valladolid ha desestimado el recurso de apelación presentado por la Asociación de Juristas Europeos Pro Lege contra el auto que acordó el sobreseimiento y archivo de las actuaciones por el caso del viaje en yate del alcalde de la ciudad, Óscar Puente, junto al titular de una empresa a la que el Ayuntamiento adjudicó un contrato de suministros, al tiempo que ha señalado la "mala fe" tanto en la interposición de la querella como en el mantenimiento del recurso.

Así lo señala la resolución de la Audiencia Provincial, con fecha de 13 de diciembre de 2021 y a la que ha tenido acceso Europa Press, derivada de la presentación de un recurso por parte de dicha Asociación contra el auto del Juzgado de Instrucción número 6 en el que se acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.

La Audiencia confirma y mantiene en su integridad la citada resolución y señala en el texto que comparte "plenamente" los argumentos contenidos en la misma, así como con los escritos del letrado del Ayuntamiento de Valladolid que "desmienten de manera minuciosa y detallada los datos que habían sido reflejados en la querella".

Según el tribunal, los hechos "no justifican que se siga un procedimiento penal por los mismos", y por ello procede la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida, además de imponer las costas del recurso a la parte apelante, pues, como reza la resolución, se aprecia "mala fe en la interposición de la querella, y en su mantenimiento con la interposición de este recurso de apelación".

"INTERESES ESPURIOS"

De hecho, el texto asevera que la querella y el recurso "obedecen a meros intereses espurios, ajenos a la persecución de hechos de índole de relevancia penal".

Cabe recordar que la misma fue presentada por dicha asociación meses después de que se conociera que en septiembre de 2020 el alcalde socialista se desplazó a las Islas Baleares junto a una de sus hijas para pasar dos días en un viaje en yate por las costas de Ibiza y Formentera, en una embarcación en la que también estaba, entre otros, el empresario vasco Sergio Zaitegui, titular de la empresa Zaiglobal Services a la que el Ayuntamiento de Valladolid había adjudicado por vía de emergencia un contrato de suministro de EPIS a finales de abril de 2020.

La última resolución considera "esencial" que "no existe relación causal" entre la contratación que "según consta acreditado se realizó por la previa amistad personal que unía al alcalde, que en una ocasión tan excepcional tuvo que tirar de amistades para solucionar un problema acuciante de obtención de EPIS" y el hecho de que en los días 21 y 22 de septiembre de 2020 el empresario "y no la empresa Zaiglobal como erróneamente se indica en la querella" alquilara una embarcación y, entre otros amigos, invitara al querellado a compartir dichos días en el yate, "producto de su relación de amistad personal, que venía de hacía tiempo atrás".

En este sentido, se incide en que si, "evidentemente, el regalo se presenta y acepta no en consideración a la función desempeñada por la autoridad o funcionario, sino, en virtud, por ejemplo de relaciones familiares o amistosas", la acción quedaría fuera del perímetro típico del artículo del artículo del Código Penal que rige esos posibles delitos.

Cabe recordar que la sentencia del Juzgado vallisoletano dejaba claro que fue el empresario vasco quien satisfizo el precio del alquiler a título particular, "no en representación de la empresa", y que Puente aseguró que él "siempre" se paga sus "vacaciones". Aunque posteriormente ha querido diferenciar entre ese concepto y el de "un viaje de dos días".

Además, se consideraba acreditado la "relación de amistad incontestable" entre Puente y Zaitegui desde "hace más de cinco años", con detalles aportados por ambos que "no son propios sino de una relación de esta naturaleza".

También cabe apuntar que el alcalde de la capital vallisoletana ha señalado en varias ocasiones la vinculación de la Asociación de Juristas Europeos con el Partido Popular y reprochó que la querella fuera presentada con la documentación que había recopilado el Grupo Municipal Popular utilizando un asunto de su vida personal en función de un interés político.