Condenada a pagar a su abogado por no querer abonar el IVA

D.V.
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La sentencia obliga a una mujer a pagar la parte de los honorarios que adeudaba a un letrado que intervino en un divorcio

Juzgados de Valladolid. - Foto: Europa Press

Un juzgado de Valladolid ha condenado a una mujer a pagar la minuta a un abogado después de que se negase a hacerlo en un proceso monitorio al alegar que ya la había abonado en mano porque no iba a cobrar el IVA.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas, condena a una mujer a pagar la parte de los honorarios que adeudaba a un letrado que intervino en un divorcio al que inicialmente pagó 120 euros de una factura total de 423,5 euros.

La sentencia se produce después de que el abogado iniciara un proceso monitorio para reclamar la cuantía de 303,5 euros, diferencia entre la factura --de 350 euros más el 21 por ciento de IVA, un total de 423,5-- y los 120 euros que la mujer había pagado.

La clienta, en el monitorio, se opuso al pago de la deuda, aunque reconoció el precio de los honorarios de 350 euros sin IVA y el pago de 120 euros iniciales y el resto, 84 euros para el procurador y 370 para el abogado, cuando fue a recoger la sentencia sin que recibiera recibo a cambio al indicar que no iba a cobrar el iba.

Sin embargo, ante la falta de recibo, las únicas pruebas a favor de la condenada eran un reintegro de 270 euros de un cajero y la testifical de su exmarido, que el juez considera insuficientes al considerar que la primera es parte interesada y no se puede acreditar que el dinero sacado del cajero fuera destinado al pago de los honorarios o para otros fines.

En cuanto a la declaración del testigo, el juez apunta en el fallo que ha tenido un vínculo personal con la demandada y, además, sólo afirmó en el juicio que había visto a la mujer entregar algo de dinero, sin saber el importe exacto ni que le pidiera recibo del dinero, algo que considera que no es habitual.

A este respecto, el juez señala que la falta de prueba de este hecho hace que la falta de prueba de este hecho corra a cargo de la mujer demandada, la cual debe hacer frente a la reclamación correspondiente.

Por ello, al no considerar efectuado el pago, el juez estima la demanda e impone a la mujer el pago de los 303,5 euros reclamados así como los intereses y al pago de las costas procesales.