15 meses por robar en la casa donde trabajaba una amiga

D.V.
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Se aprovechó de la inteligencia límite de su amiga para llevarse joyas que vendió por 750 euros. Ella, multada como cooperadora, lo contó mientras se les investigaba por hechos similares

Juzgados de Valladolid. - Foto: Europa Press

Una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha condenado a 15 meses de prisión a un hombre de 32 años, M.A.G.C, por aprovechar la "inteligencia límite" de una amiga para llevarse joyas de la casa donde trabajaba ésta y que después vendió por 750 euros.

El fallo, al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, condena por un delito de hurto al varón a 15 meses de prisión, mientras que a la mujer, D.M.D.P, de 41 años, la considera cooperadora necesaria del delito y le impone un mes y 15 días de prisión --que se sustituye por una multa de 270 euros-- al apreciar la eximente de alteración mental y la atenuante de arrepentimiento espontáneo. Ambos deberán, además, indemnizar a la víctima del robo con 750 euros, ya que no se pudieron recuperar las joyas.

Precisamente D.M.D.P. fue la que puso en conocimiento de la Policía Nacional el hurto cuando se la interrogaba en el marco de una investigación a ambos por otros hechos similares que llevaba a cabo un juzgado de Instrucción de Valladolid.

Los hechos se remontan al 22 de mayo de 2017, cuando M.A.G, quien mantenía entonces una relación de amistad con D.M.D.P, aprovechó la "debilidad intelectual" de la mujer, que se considera probada con los informes forenses, para presentarse en el domicilio en el que ésta trabajaba desde nueve meses antes con la excusa de enseñarle y venderle un teléfono móvil.

Sin embargo, el acusado aprovechó su estancia para entrar en la habitación de la vivienda y llevarse dos medallas, un anillo y dos cadenas, todas las piezas de oro, hechos que la empleada sabía que estaba cometiendo pero no trató de impedir. Después, el individuo vendió las joyas por 750 euros en un establecimiento de compra de oro y se quedó con el dinero.

LA ACUSADA DESVELÓ LOS HECHOS

Más de dos meses después, sin que la propietaria hubiera echado en falta las joyas --al no ser de uso habitual, sino heredadas de familiares-- y sin que se estuviera investigando este hurto, D.M.D.P. contó "espontáneamente" a la policía lo ocurrido mientras la interrogaban por otros hechos similares por los que los mismos acusados fueron investigados.

En la sentencia, el juez considera "muy relevante" el comportamiento de la acusada, dado que por un lado coopera de forma espontánea lo sucedido, pero a la vez pone de manifiesto la "debilidad intelectual" que provoca su "absoluta confianza" y su "casi nula" capacidad de manejare ante una situación "sobrevenida", dada su "inteligencia límite", como la aparición de su conocido en el domicilio donde trabajaba. Además, señala que carece de las herramientas sociales y de habilidad intelectual suficientes para haber puesto freno al "afán apropiatorio" del acusado.

Aún así, la responsabiliza como cooperadora necesaria porque tiene conocimiento de lo que sucedió ese día, aunque no se aprovechara económicamente de ello, y no detuvo la acción que cometió su amigo, pero tampoco la denunció ante la propietaria de la vivienda o la policía dado que sabía que sería difícil que la mujer echara de menos los objetos durante mucho tiempo o de forma permanente.