Los rectores decidirán sobre la compatibilidad del personal

SPC
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Presenta un cambio normativo basado en la transparencia y participación de las universidades públicas

Los rectores decidirán sobre la compatibilidad del personal - Foto: Ical

Los rectores de las cuatro universidades públicas transferidas a la Comunidad de Castilla y León tendrán, a partir de ahora, la competencia para decidir sobre toda autorización y el reconocimiento de compatibilidad de su personal, y no solo en determinados supuestos.

Así lo establece el proyecto de decreto por el que se modifica el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, abierto a la participación en el Portal del Gobierno Abierto, consultado por Ical.

En concreto, el cambio normativo que se plantea afecta a un artículo en el que establece esta competencia de los rectores de las universidades, suprimiéndose ahora la referencia a determinados supuestos específicos en materia sanitaria e investigadora, de forma que el precepto recoja la competencia de los rectores para la resolución sobre todas las solicitudes de compatibilidad del personal cuyo puesto público esté adscrito a las universidades públicas de Castilla y León. 

En una disposición transitoria, señala que los procedimientos de solicitud de compatibilidad iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto en los que no haya recaído resolución expresa se regirán por la nueva normativa. Por otro lado, los recursos interpuestos con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto se regirán por la normativa anterior.

La Junta explica que se respetan los principios de transparencia y participación en la tramitación de esta norma, ya que se ha dado audiencia, de forma específica, a las universidades públicas de Castilla y León.

Igualmente, afirma que se respeta el principio de eficiencia, pues no genera cargas administrativas y establece una organización coherente con el uso racional de los recursos públicos, a la vez que permite adecuar el procedimiento administrativo para reducir los costes anejos a su tramitación.

Por último, precisa que la regulación atiende las exigencias del interés general, no supone restricción de derechos y se utiliza la solución "más adecuada posible", al recoger en el texto normativo todas las modificaciones necesarias para la consecución de su finalidad.