Niegan contaminar la comarca de Medina con vertidos

D.V.
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Los acusados han señalado en el juicio en la Audiencia Provincial que lo realizado se circunscribe a lo que se denomina "aplicaciones agrícolas", algo perfectamente legal en el ámbito de la Ley Agraria

La vista del juicio se ha celebrado en la sala del jurado de la Audiencia Provincial. - Foto: E.Press

Los acusados de realizar vertidos contaminantes de residuos en distintos municipios de la comarca vallisoletana de Medina del Campo, a partir de la planta de Biocompostajes Españoles S.L. (BICOE) en Velascálvaro, han negado la práctica de los mismos y han precisado que lo realizado se circunscribe a lo que se denomina "aplicaciones agrícolas", algo perfectamente legal en el ámbito de la Ley Agraria.

Es el principal argumento que los dos inculpados, Jesús Ignacio G.P. y Santiago R.G, como representantes de BICOE, han expuesto durante la primera sesión del juicio iniciado por el Juzgado de lo Penal número 11-la vista se ha desarrollado en la sala del jurado de la Audiencia Provincial- y que se prolongará, en principio, durante una semana.

Fiscalía de Valladolid y las acusaciones particular y popular, esta última ejercida por FACUA, les imputan haber contaminado fincas colindantes y de otros municipios durante años con residuos procedentes de la industria alimentaria a partir de 2013 desde la planta de BICOE en Velascálvaro, fecha en la que ésta pasa a manos de nuevos socios.

Desde entonces, como así coinciden los acusadores, los efectos de esta práctica y los malos olores se convirtieron en una constante entre los vecinos la referida localidad así como de Cervillego de la Cruz, Rubí de Bracamonte y Fuente el Sol, actuación por las que solicitan penas para los dos procesados que oscilan entre los dos y los seis años y medio de cárcel.

Sin embargo, Santiago G.R, quien efectuara funciones de consultor externo para incrementar la producción en BICOE, ha rechazado de plano la realización de vertidos incontrolados y ha explicado que fue en 2013 cuando, a raíz de unas incesantes lluvias, se produjeron varios desbordamientos en las dos balsas que la planta tenía, una de pluviales y la otra de residuos líquidos, y por ello se pusieron en contacto con la Confederación Hidrográfica del Duero y desde ésta les aconsejaron que efectuaran "aplicaciones agrícolas" con esas aguas cumpliendo los protocolos necesarios.

"Nosotros pretendíamos depurar pero la CHD no lo autorizó y nos aconsejó las aplicaciones agrícolas", ha insistido Santiago G.R, quien, pese a lo denunciado en octubre de 2013 por el alcalde de Velascálvaro, ha negado que ambas balsas estuvieran siempre colmatadas y comunicadas entre sí y ha mantenido que la de residuos líquidos siempre contaba con una "reserva de pulmón" para evitar su lleno total.

El acusado, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha matizado que no hubo vertidos sino "aplicaciones agrícolas", es decir, que esos lodos, previamente analizados, eran luego trasladados a fincas de la zona y de municipios, cuyos suelos también eran estudiados, con fines puramente agrarios, "algo totalmente legal en el ámbito de la Ley Agraria", y también siempre previa comunicación al Seprona.

El acusado ha negado igualmente de forma categórica que para ese traslado de los residuos en camiones se aprovechara la noche de forma flagrante para pasar desapercibidos. "Es cierto que se hicieron de noche porque esos líquidos se trasladaban en camiones bomba que necesitaban energía eléctrica", de ahí que, según él, se buscara hacerlo en aquellas horas donde la tarifa era más económica.

Aunque la fiscal del caso le ha recordado que en febrero de 2016 se tomaron muestras de uno de estos camiones y se constataron niveles altamente contaminantes, el interpelado ha puesto en entredicho los parámetros utilizados por la CHD a la hora de realizar sus análisis--tiene abiertos cinco expedientes sancionadores por incumplir las autorizaciones de vertido--y ha defendido los que regían en el laboratorio que BICOE tomaba como referencia.

Santiago G.R. ha asimismo explicado que la planta tenía autorización para el tratamiento de 80.000 toneladas anuales, si bien el volumen tratado era notablemente inferior, así como que el contenido de la balsa de residuos líquidos era bombeado a una planta de mezcla donde se efectuaba el compostaje, siguiendo la normativa.

Campaña de "acoso" a BICOE

El otro acusado, Jesús Ignacio G.P, ha negado que fuera el administrador de BICOE y ha asegurado que formó parte del Consejo de Administración de la empresa en calidad de analista financiero, sin que tomara parte del "día a día" de la planta ni de la parte técnica de su funcionamiento, toda vez que residía en Vitoria por aquellas fechas y tan sólo visitaba una o dos veces al año las instalaciones en Velascálvaro.

Una vez expuesta su participación 'de refilón' en el quehacer diario de la planta dedicada al compostaje de lodos de depuración, el acusado ha aprovechado para atribuir la presente causa a intereses espúreos de quien ejerce la acusación parcticular y vecino de Bobadilla del Campo, Adolfo R, uno de los propietarios iniciales de BICOE.

En este sentido, ha denunciado que este antiguo socio, una vez vendida la totalidad de su paquete accionarial en enero de 2013, comenzó a partir de entonces una campaña de "acoso" contra la empresa, marco en el que se han sucedido las denuncias de él contra BICOE y de ésta contra quien hoy se halla personado en el procedimiento como acusador particular.

El juicio, en principio, se prolongará hasta el próximo día 21 de octubre. La fiscal del caso, que tipifica los hechos como delito continuado contra el medio ambiente, pide penas de dos años para cada uno de los encausados, multas de 7.200 euros y la prohibición por dos años para oficio o profesión relacionados con la gestión de residuos, así como una multa de 36.500 euros a Biocompostajes y el cierre de sus instalaciones en Velascálvaro por un tiempo de tres años.

Por su parte, la acusación particular imputa a los dos procesados y BICOE un delito contra el medio ambiente y otro de vertedero ilegal y pide penas de cuatro años y medio, multas por importe global de más de 114.000 euros e inhabilitación para profesión u oficio en gestión de residuos durante dos años, mientras que Facua--acusa de delito contra el medio ambiente, daños en espacio natural protegido y otro de daños--eleva las peticiones a seis años y medio de privación de libertad, inhabilitación por dos años y multas por importe conjunto de 75.000 euros.

Además, Facua solicita que los acusados, junto con BICOE, indemnicen conjuntamente y de forma solidaria a cada uno de los municipios afectados, Cervillego de la Cruz, Rubí de Bracamonte, Fuente el Sol y Velascálvaro, con un millón de euros por el daño moral simbólico ocasionado en la vida cotidiana y la intimidad de los domicilios de sus habitantes durante años.