La justicia europea obliga a CyL a devolver ayudas agrícolas

SPC
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También se ha pronunciado en el mismo sentido en dos casos en Andalucía y Cataluña

Un agricultor realiza labores agrícolas en Castilla y León. - Foto: Jesús J. Matí­as

El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado el recurso de España contra tres correcciones financieras que obliga a Castilla y León a pagar 10,071 de euros por el Fondo Europeo Agrícola de Garantia (FEAGA) y el Fondos Europeos Agrícolas por el Desarrollo Rural (FEADER). La justicia europea considera que la Comisión Europea tiene razón y la Comunidad está obligada a abonar esa cantidad. También lo ha decidido en dos casos de Andalucía y Cataluña, como informa Ical.

Según la sentencia dictada por el Tribunal General de noviembre de 2016, Castilla y León debía abonar 9,63 millones de euros al FEAGA y 433.138,1 euros al FEADER en los ejercicios de 2012 a 2013 por “deficiencias” en aplicar las condiciones que se aplican a las regiones con respecto a estos fondos. La cifra se calcula en base a un cinco por ciento a tanto alzado, por lo que finalmente la Comunidad tendrá que abonar 10,07 milllones de euros. 

España había recurrido la decisión de la justicia europea porque alegaba que la corrección que debía pagar era “desproporcionada” y consideraba que la Comisión Europea incumplió al no “justificar” las razones que explicaban la aplicación de la corrección. Sin embargo, el Tribunal General justifica que la corrección financiera a tanto alzado sí está justificada porque “las deficiencias en los controles” detectadas generan “de manera objetiva un riesgo financiero para el fondo”. Además, en la sentencia se recuerda que España cuantificó pérdidas por algunas de las deficiencias detectadas.

Por otra parte, el Tribunal general también rechaza el argumento de que se trata de una cantidad desproporcionada, porque considera que las deficiencias detectadas por la Comisión Europea guardan relación “con controles fundamentales” establecidos por las autoridades españolas.

Asimismo, los jueces han desestimado también el recurso de España en cuanto a las comunidades de Andalucía y Cataluña. En el primer caso puso en duda las deficiencias en las ayudas a la reestructuración del sector del azúcar del FEAGA en 2012. En cuanto a Cataluña, debe abonar 8,7 millones de euros con respecto al FEAGA en los ejercicios de 2009 a 2012 porque la Comisión Europea consideró que no eran “subvencionables” determinados gastos. Bruselas comprobó que las inversiones en maquinaria realizadas por la organización de productores "Fruits secs catalans" había beneficiado a una empresa de prestación de servicios sin que se aportara ninguna prueba del uso exclusivo de la maquinaria en beneficio de esta organización.