Investigan al alcalde de Aldeamayor por prevaricación

D.V.
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El Juzgado de Instrucción 4 instruye diligencias contra Fernando de la Cal (PSOE) porque, presuntamente, asfaltó con dinero público una vía que debían costear los vecinos

Investigan al alcalde de Aldeamayor por prevaricación - Foto: PP

El Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid instruye diligencias por presunta prevaricación administrativa, a instancias de la Fiscalía vallisoletana, contra el alcalde socialista de Aldeamayor de San Martín, Fernando de la Cal, por costear con cargo al erario público obras de pavimentación de una calle por importe de más de 72.000 euros que, al parecer, tendrían que haber sufragado los vecinos afectados.

El supuesto delito se encuentra ya en manos del referido juzgado después de que el Partido Popular en el Consistorio de Aldeamayor pusiera los hechos en conocimiento de la Fiscalía y ésta ordenara la correspondiente investigación por si los mismos fueran constitutivos de una prevaricación administrativa, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El juzgado en el que ha recaído el caso ya ha tomado las primeras decisiones, como la citación del denunciado en calidad de investigado y la del portavoz del PP en el Ayuntamiento de Aldeamayor, Roberto Martínez, como testigo para los primeros días de febrero de 2022 y el regidor denunciado, éste en calidad de investigado, para finales del mismo mes.

El meollo del conflicto se circunscribe al contrato de las obras de 'Pavimentación de vía Camino de Zaragoza', sin motivación de interés público alguno, haciendo que el Ayuntamiento, según el PP, sufragara la actuación a sabiendas que la cuestación de la misma correspondía a los propietarios del Sector de Suelo Urbano No Consolidado 'SUNC 16' del Plan General de Ordenación Urbana de Aldeamayor de San Martín.

El expediente de contratación de las obras, consistentes en la pavimentación de la calzada y la formación de acera en la vía Camino de Zaragoza, dotándola del servicio de alumbrado público y canalización subterránea de telecomunicaciones y electricidad, fue aprobado por el querellado por decreto el 14 de octubre de 2019 y en la misma resolución se dio luz verde a los pliegos de cláusulas administrativas particulares, se ordenaba la apertura del procedimiento de adjudicación y se designaba la composición de la mesa de contratación, para la que el propio alcalde se designó como presidente.

Tras el procedimiento oportuno, el contrato de obras fue adjudicado el 31 de julio de 2020 por el denunciado, en su calidad de órgano de contratación, por un importe de 72.462,24 euros (impuestos incluidos), siguiendo la propuesta de la Mesa de Contratación presidida su vez por él mismo.

Según se recoge en el relato de hechos que el PP puso en manos de la acusación pública, el Camino de Zaragoza, objeto de las obras, está incluido en el Sector de Suelo Urbano No Consolidado identificado en el Plan General de Ordenación Urbana de Aldeamayor como SUNC 16, cuya ficha exige la aprobación de planeamiento de desarrollo mediante Estudio de Detalle a promover por la propiedad que lo integra, con una asignación de sistemas generales de 3.800 m2 de Espacio Libre Público incluido en la delimitación del sector, a obtener por el municipio mediante cesión de los particulares.

Sin embargo, las obras han sido ejecutadas y costeadas en exclusiva por el Ayuntamiento, como si de suelo urbano consolidado se tratara, y ello, como así inciden los 'populares', a pesar de las advertencias del propio arquitecto municipal y redactor del proyecto --en un informe de 25 de febrero de 2019-- respecto de que al no haberse presentado el Estudio de Detalle por la propiedad del SUNC 16, existe el riesgo de que el trazado viario y su tratamiento no coincida con los de la urbanización realizada y, por ello, haya que procederse a la demolición de los trabajos.

PLENAMENTE CONSCIENTE DE LA ILEGALIDAD

"Queda de esta forma acreditado que el denunciado fue advertido de que las obras podrían resultar inútiles, sin derecho a resarcimiento alguno del dinero público empleado en ellas y, sin embargo, procedió a aprobar el proyecto y a impulsar la licitación de las obras hasta su adjudicación por él mismo, como órgano de contratación encontrándose en la actualidad totalmente ejecutadas", advierte el PP en el escrito que ha llevado a la Fiscalía a iniciar actuaciones, que por ello entendía que los hechos pudieran revestir tintes de delitos de administración desleal del patrimonio (artículo 252 CP) y malversación de caudales públicos (432.1 CP).

Pero además, desde el PP se descarta el desconocimiento del regidor en cuanto a la normativa aplicable, toda vez que el denunciado era conocedor de las exigencias para el desarrollo del SUNC 16, ya que participó en la aprobación provisional de la modificación puntual del PGOU relativa a dicho sector, en sesión del Pleno de la Corporación de 28 de julio de 2011.

"Este hecho revela que el denunciado conocía que el ámbito de las obras de urbanización del Camino de Zaragoza estaba incluido dentro de los límites del SUNC 16, y que no correspondía al Ayuntamiento su urbanización, al obligar la modificación del planeamiento en la que él participó a su desarrollo mediante Estudio de Detalle por los propietarios del sector", añaden.

SUPUESTO BENEFICIARIO

Por lo que respecta al verdadero objetivo de las obras, desde el PP se alude al hecho de que las obras han beneficiado, especialmente, a uno de los propietarios del SUNC 16 con quien el denunciado ha mantenido negocios privados al venir arrendándole tierras de cultivo durante años, lo que en opinión de los denunciantes alimenta las sospechas de tráfico de influencias, trato de favor y/o cohecho.

En su escrito de denuncia, traducido en la activación de la maquinaria judicial por orden de Fiscalía, los 'populares' también refieren un caso similar registrado en la localidad de Valdestillas que concluyó en la condena a un año de cárcel y nueve de inhabilitación para empleo o cargo público al exalcalde de Valdestillas (Valladolid), el socialista Jesús Román Fadrique, y a nueve de inhabilitación por idéntico periodo a la que fue su concejal de Hacienda, Lidia Vaquero, al primero por prevaricación adeministrativa y malversación de caudales públicos y a la segunda por el primero de dichos delitos.

La sentencia inicial de la Audiencia de Valladolid fue absolutoria--el juicio fue también contra otros dos concejales-- pero a posteriori el recurso de Fiscalía, al que se adhirió el Ayuntamiento, llevó al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a revocar el fallo y a dictar sentencia condenatoria contra los dos anteriores en octubre de 2020 por tratar de costear el arreglo de una calle del pueblo con fondos públicos, pese a ser conscientes de que el coste habían de sufragarlo los vecinos.

La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial, en su sentencia luego revocada, entendió acreditado que se trató de una resolución administrativa "irregular, ilegal", y que ello lo sabían tanto el entonces alcalde como su edil de Hacienda, si bien entendió que se había acudido a la vía penal en primera instancia sin agotar la vía contencioso administrativa, que es la primera que debe ejercer el control, teniendo también potestad no sólo correctora sino sancionadora".

Esta última condena se encuentra aún a la espera de resolución por parte del Tribunal Supremo, al que recurrieron los condenados.