Bodas y divorcios suponen un tercio de los actos notariales

SPC
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Se cumplen cinco años de la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV), una norma que amplió las competencias de los notarios, permitiendo desjudicializar muchos asuntos que en realidad no eran propiamente litigios

Bodas y divorcios suponen un tercio de los actos notariales

Las bodas y divorcios representan más de un tercio de los nuevos actos de jurisdicción voluntaria realizados por los notarios de Castilla y León, que han realizado casi 6.000 nuevos actos de este tipo.

Estos datos, facilitados por el Consejo General del Notariado y recogidos por Europa Press, se dan a conocer precisamente cuando se cumplen cinco años de la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV), una norma que amplió las competencias de los notarios, permitiendo desjudicializar muchos asuntos que en realidad no eran propiamente litigios.

Desde entonces y hasta abril de 2020 (últimos datos consolidados), los notarios castellanoleoneses han realizado más de 5.990 nuevos actos de jurisdicción voluntaria.

Destacan los sucesorios, entre ellos, la declaración de herederos abintestato (sin testamento) de herederos colaterales y la realización del inventario antes de decidir si se acepta o se renuncia una herencia, con un 37 por ciento, a los que siguen los de familia como la celebración de matrimonios, separaciones o divorcios, que suman un 35 por ciento del total.

El resto se distribuye entre actos muy diversos como la conciliación o la reclamación de deudas dinerarias no contradichas, entre otros, han apuntado fuentes del Consejo.

Desde la entrada en vigor de esta ley en julio 2015, y hasta abril de 2020 (últimos datos consolidados), los notarios castellanoleoneses han realizado 5.991 nuevos actos de jurisdicción voluntaria, con un aumento del 104 por ciento durante el periodo julio 2019-abril 2020 con respecto al primer año completo.

Descongestión judicial

Según el decano del Colegio Notarial de Castilla y León, José Ángel Tahoces, con la Ley de Jurisdicción Voluntaria los notarios ayudan a solucionar necesidades y conflictos "de manera rápida y con plena seguridad jurídica, lo que ha contribuido a descongestionar más los tribunales de justicia".

Una de las novedades que introdujo esta ley fue la posibilidad de casarse, separarse o divorciarse ante notario. De hecho, la celebración de matrimonios (815) y de divorcios o separaciones (1.136) aglutinan un tercio de los actos de jurisdicción voluntaria realizados en este periodo (33 por ciento).

Así, más de 1.950 parejas han acudido a un notario en Castilla y León para contraer matrimonio, separarse o divorciarse (siempre que los cónyuges estén de acuerdo y no haya hijos menores a su cargo ni personas con la capacidad modificada judicialmente).

La celebración de matrimonios ante notario se ha quintuplicado durante los casi cinco primeros años de vigor de la ley (de 38 a 219). Respecto a las separaciones o divorcios, la demanda de este acto se ha incrementado un 61 por ciento durante este periodo (de 138 a 222).

En el caso de los divorcios, además, el notario, al igual que hacía el juez, comprueba que el convenio regulador de la suspensión de la vida en común acordado por las partes se atiene a derecho y es equitativo para los dos miembros de la pareja, es decir, que no incluye aspectos que discriminen a uno de ellos, y lo incorpora y protocoliza dentro de la escritura pública de divorcio.

Por otro lado, la declaración de herederos directos cuando no existe testamento (declaración de herederos abintestato), ascendientes, descendientes y cónyuges, es uno de los actos de jurisdicción voluntaria más demandado por los ciudadanos. Este acto ya era competencia de los notarios años antes de la entrada en vigor de la Ley, por lo que no se contabiliza en este informe. Con todo, en el periodo analizado, se realizaron en Castilla y León 44.034 declaraciones de herederos directos abintestato.

Más competencias

Con la Ley de Jurisdicción Voluntaria, los notarios vieron ampliadas sus competencias en las declaraciones abintestato a parientes colaterales, como hermanos, sobrinos, tíos o primos de la persona fallecida, un servicio aún poco conocido por la sociedad, aunque si se comparan los datos del quinto año con el primer año de vigencia de la ley, se ha incrementado un 34 por ciento.

También en materia de sucesiones, la Ley de Jurisdicción Voluntaria otorgó a los notarios la competencia para realizar el inventario de una herencia antes de su aceptación o renuncia. La demanda de este acto se ha mantenido estable durante los cinco años de vigencia de esta ley.

Otra de las novedades que incorporó esta ley fue la posibilidad de que varios herederos, cuando el reparto de la herencia esté siendo obstaculizado por otro de ellos, puedan acudir a un notario para que envíen a este último un acta de notificación y requerimiento, dándole un plazo de 30 días naturales para que decida si va a aceptar su parte o va a renunciar a ella.

En el acta se le advierte también que, si no manifiesta su voluntad en ese tiempo, la herencia se considerará aceptada, sin tener que acudir a los tribunales. Durante los cinco años de vigencia de la norma, conforme empieza a ser conocida, la demanda de este acto se ha multiplicado por tres.

Además de los actos en materia de familia o de sucesiones, la Ley introdujo otros actos, como la reclamación de deudas dinerarias no contradichas (en las que no hay una oposición previa del deudor).

Una de las principales ventajas de este acto es que, si en un plazo de 20 días, el deudor ni ha satisfecho la deuda ni se ha opuesto a ella, el acta de reclamación notarial adquiere carácter ejecutivo y se convierte en título de ejecución extrajudicial, lo que permite al acreedor interponer una demanda ejecutiva y solicitar directamente en el juzgado el embargo de los bienes del deudor. También se incluyó la conciliación ante notario, gracias a la cual los ciudadanos pueden alcanzar acuerdos antes de llegar a un pleito.