Declarados 423 edificios en ruina en Valladolid este siglo

M.B
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Entre ellos están el San Juan de la Cruz, la fábrica Ovosec o la Casa Cuartel de la Guardia Civil de Puente Colgante. La mayoría conlleva la demolición

Este edificio, en la calle Jardines, 10, ha sido el último declarado en ruina por el Ayuntamiento. - Foto: Jonathan Tajes

'Declarar el inmueble sito en calle Jardines, 10 en situación de ruina’. La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid aprobó hace un par de semanas este punto en su reunión semanal de los miércoles, en la que trata temas urbanísticos, de movilidad, de servicios sociales... En el caso en cuestión, recogía la primera declaración de un inmueble en ruinas en la capital este 2021. El edificio de la calle Jardines se sitúa en una arteria entre plaza Vadillos, San Juan y Circular. Fue construido, según recoge la Dirección General de Catastro, en 1900 y cuenta una superficie construida de 916 m2. Es el primero de 2021 pero no el primero del actual equipo de Gobierno, ni del anterior... porque en el presente siglo, es decir desde 2000, el Ayuntamiento de Valladolid ha abierto un total de 423 expedientes de ruinas y ruinas inminentes, la mayoría entre 2000 y 2011, muchos en el casco histórico y algunos de bastante renombre.

Porque entre esos 423 expedientes de este siglo destacan históricos, como el antiguo colegio San Juan de la Cruz en La Rondilla, declarado en ruina en abril de 2015 y demolido un año después; o la antigua fábrica Ovosec, situada en La Victoria, que fue derruida el pasado año tras pasar a engrosar la lista de ruinas entre 2017 y 2019. Incluso hay edificios que llegaron a esta declaración estando aún habitados, como la Casa Cuartel de la Guardia Civil Puente Colgante, con 24 familias en su interior. En este caso se concedió ya que las reparaciones necesarias superaban el valor del inmueble con graves deficiencias en elementos como las ventanas, bajantes y cubiertas, se recogía en 2014, fecha de esa declaración.

El Ayuntamiento cuenta ahora mismo con 12 expedientes abiertos de ruinas y 14 ruinas inminentes (cuando la situación de deterioro supone un riesgo actual y real para las personas o las cosas, o pone en peligro la integridad de un BIC), es decir pendientes de archivo una vez se haya completado el derribo y aportado la documentación final de obra. Porque la mayoría de los casos y expedientes acaban en eso, en demolición. Así lo explica el concejal de Espacio Urbano, Luis Vélez: «La declaración de ruina, sobre todo cuando se insta por el propietario, tiene como fin liquidar los arrendamientos y dejar expedito el solar para la sustitución del edificio. En consecuencia, salvo que haya recursos (reposición o contencioso) o salvo propiedades litigiosas, lo habitual es que se proceda a la demolición una vez se resuelve la declaración de ruina». De hecho, en los últimos cuatro años se ha procedido a esa demolición de ocho edificios o casas, en las calles Loma, en Fuente El Sol; Valle de Arán, Bergantiños y Monegros, en Barrio España; Teófilo Villamañán, en Pajarillos; o en la plaza Alfonso X, en La Overuela.

La mayoría de esos más de 400 inmuebles declarados en ruina este siglo se sitúan en la primera década, de 2000 a 2011, con 330 xpedientes. A partir de esa fecha, las declaraciones han ido reduciéndose paulatinamente, sin alcanzar aún el centenar hasta ese último de la calle Jardines. De aquella primera etapa data un edificio en la calle San Martín, 4; otro en Plaza San Nicolás, 1; o algunos de los que llegaron en un 2011 donde se declararon un buen número en el casco histórico, sobresaliendo otro en calle San Martín, en el número 14;y sobre todo el de plaza de Portugalete, 2, el conocido como los Tintes, por el establecimiento hostelero que se ubicaba en sus bajos. El inmueble tenía un grado de protección P4 (es decir de conservación de la fachada) además de las características que establece el entorno de protección de la Catedral, declarada Bien de Interés Cultural. De la segunda década, destacan los inmuebles de Teresa Gil, 10, donde se ubicaban El Paraiso del Plástico y Casa Juanito; y el de calle Correos, 4 .

Pero, ¿qué significa la declaración de ruina de un inmueble? ¿Quién la puede solicitar? ¿Por qué?¿ ¿Cuáles son los plazos para ello?

La declaración de ruina viene recogida en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León como un instrumento de  fomento de la conservación, rehabilitación y nueva edificación. La debe realizar un Ayuntamiento cuando el coste de las obras y otras actuaciones necesarias para su mantenimiento exceda del límite del deber de conservación (en cristiano, de la mitad del valor actual de construcción de un inmueble de nueva planta equivalente al original).

El procedimiento de declaración de ruina lo puede iniciar de oficio el Ayuntamiento o a solicitud de cualquier persona interesada, «que alegue daños o peligro de daños propios derivados del estado actual de un inmueble». En la solicitud se debe incluir, entre otros informes, un certificado suscrito por un técnico donde se justifique la causa de declaración de ruina. Propietarios, ocupantes y titulares de derechos reales sobre el inmueble tienen derecho a alegar y presentar documentos, justificaciones y medios de prueba pertinentes.

La resolución, que debe notificarse en un plazo de 6 meses, puede denegar o ‘aprobar’ la declaración. En este último caso,  se debe ordenar la rehabilitación o la demolición del inmueble (lo más habitual). «No obstante, no puede ordenarse la demolición, ni siquiera parcial, cuando se trate de Monumentos declarados o en proceso de declaración o de inmuebles catalogados con un nivel de protección que impida la demolición», recoge la Ley.