Rechazado el recurso de Abogados Cristianos por los aforos

D. V.
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La organización de juristas consideraba que el Gobierno autonómico de PP y Ciudadanos se había "extralimitado" al legislar

Celebración de una misa. - Foto: D. V.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha denegado la medida cautelar solicitada por Abogados Cristianos consistente en la suspensión de la aplicación de las medidas sanitarias preventivas que se recogen en el Anexo de la Orden SAN/810/2020, de 1 de septiembre.

La Sala entiende, en su fallo recogido por Europa Press, entiende que "la medida cautelar debe denegarse porque ni se alegan, ni se acreditan aunque fuese indiciariamente perjuicios de difícil o imposible reparación, máxime teniendo en cuenta que no se impide el culto, sino que se limita el aforo y por un periodo concreto de tiempo", en la línea de las argumentaciones ofrecidas en el caso del recurso también planteado por el Ayuntamiento de la capital.

Abogados Cristianos había pedido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León medidas cautelarísimas para suspender el punto de la Orden de la Consejería de Sanidad que limita a 25 personas el aforo de celebraciones religiosas en Valladolid y Salamanca.

La organización de juristas consideraba que el Gobierno autonómico de PP y Ciudadanos se había "extralimitado" al legislar sobre cuestiones sobre las que no tiene competencias, en referencia a la libertad religiosa.

"Una comunidad autónoma no tiene competencias para restringir derechos fundamentales", argumentaba en concreto la presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, para quien "carece de sentido" que 20 niños puedan estar en un aula y que no puedan hacerlo 25 personas en iglesias y catedrales que tienen capacidad "para cientos de personas".

Por este motivo, Castellanos justificaba que desde Abogados Cristianos no descartasen iniciar "acciones" judiciales contra la consejera de Sanidad, Verónica Casado, si no modificaba la citada Orden que entró en vigor este jueves, 3 de septiembre.

Según aseguró la presidenta de Abogados Cristianos, en los templos se están llevando a cabo "estrictas medidas sanitarias" y se hizo eco del comunicado publicado por el Arzobispado de Valladolid en el que destaca "el extraordinario comportamiento de prevención e higiene llevado a cabo por sacerdotes y laicos en nuestros templos".

La presidenta de Abogados Cristianos recalcaba que la libertad religiosa es un derecho fundamental amparado en el artículo 16 de la Constitución y en todos los convenios de derechos humanos.

"Si permitimos este atropello en un municipio o en una Comunidad Autónoma, termina implantado en todo el país", auguró al respecto para recordar que en Canarias, donde el Gobierno había limitado cualquier evento a diez personas, aclaró después que no afectaba a las celebraciones religiosas donde la limitación se mantiene en el 75 por ciento del aforo.