Hasta cuatro años de cárcel por huir de un accidente

SPC
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El Senado aprueba la modificación del Código Penal para endurecer las penas por imprudencias en la conducción, como el hecho de abandonar el lugar de un siniestro después de provocarlo

Hasta cuatro años de cárcel por huir de un accidente

El Estado da un paso más en el castigo a las personas que protagonizan una conducción temeraria. El Pleno del Senado aprobó ayer, con el apoyo de todos los grupos salvo el de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, la modificación de las leyes para endurecer la tipificación por imprudencias al volante y penar hasta con cuatro años de cárcel el abandono del lugar del accidente tras haberlo causado.

El cambio, que salió adelante de un modo definitivo al no incluirse enmiendas sobre el texto que llegó desde el Congreso, corrige el de la reforma de 2015 del Código Penal sobre situaciones como el castigo por darse a la fuga si la víctima seguía viva, pero no si había muerto.

La iniciativa partió de un recurso presentado por Anna González, la mujer que impulsó la campaña  #PorUnaLeyJusta, después de que su marido falleciera en 2013 cuando circulaba en bicicleta atropellado por un conductor que huyó, para que casos como este no quedaran impunes.

A partir de ahora, abandonar el lugar del suceso si éste es fruto de una imprudencia propia estará penado con de dos a cuatro años de prisión. Si fuera fortuito, el castigo sería de tres a seis meses de cárcel.

El texto salió adelante con 222 votos a favor, 17 en contra y ninguna abstención, tras rechazar las 10 enmiendas de Unidos Podemos, cuya senadora Celia Cánovas aseveró estar de acuerdo con el fondo de la ley, no con la forma. Sus enmiendas pretendían «mejorar» tanto el Código Penal como la legislación civil que afecta la indemnización y la reparación de las víctimas de accidentes, según la senadora.