Íscar y Pedrajas inician su segundo confinamiento de 14 días

D.V.
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El Bocyl publica dos órdenes de la Consejería de Sanidad con las medidas de prevención para frenar la covid-19

Agentes de la Guardia Civil vigilaron el confinamiento en el mes de agosto. - Foto: D.V.

Los municipios vallisoletanos de Íscar y de Pedrajas de San Esteban inician el periodo de 14 días de confinamiento para evitar el avance del COVID-19. Para ello, el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó esta medianoche sendas órdenes de la Consejería de Sanidad por las que se adoptan medidas de prevención en materia sanitaria y de restricción de la movilidad.

Según informó este viernes en un comunicado la Junta, estas actuaciones preventivas estarán en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial inicialmente 14 días, desde este sábado y hasta el viernes, 2 de octubre, ambas fechas inclusiva. Estos dos municipios ya se vieron afectados por estas medidas en agosto.

Asimismo, precisó que a través de sus servicios jurídicos ha dado traslado de estas normas sanitarias al ámbito judicial, al objeto de su oportuna ratificación, al igual que a la Delegación del Gobierno en la Comunidad, a los ayuntamientos de Íscar y de Pedrajas de San Esteban y a los de municipios limítrofes, para su conocimiento y con el fin de recabar su cooperación en la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las mismas, incluyendo la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Las localidades de Íscar y Pedrajas vuelven al confinamientoLas localidades de Íscar y Pedrajas vuelven al confinamiento - Foto: IcalSanidad argumentó que ante la situación epidemiológica "confirmada" en ambas localidad y con el fin de evitar la transmisión comunitaria de la COVID-19, implementa medidas de prevención que afectan a la movilidad y circulación de las personas, así como al desarrollo de diversas actividades que, por sus características, puedan favorecer la propagación de la pandemia por el SARS-CoV-2, según la información recogida por Ical.

En este sentido y en consonancia con la Declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, aprobada por el Ministerio de Sanidad para el conjunto del Sistema Nacional de Salud, las actuaciones preventivas previstas recogen medidas y recomendaciones referidas a los ámbitos que, actualmente, son origen de los brotes epidémicos de mayor impacto y riesgo para el control de la transmisión comunitaria: actividades de hostelería y restauración; en los centros socios sanitarios; y para los eventos y actividades multitudinarias.

De esta manera, se restringe la libre entrada y salida de personas del municipio de Íscar y Pedrajas de San Esteban, salvo aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes que imparten las enseñanzas; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y por cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Asimismo, la circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen estos municipios estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera. Además, se permite la circulación de personas residentes dentro de los municipios, si bien se desaconseja los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.

También se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, que adoptará la dirección del centro. Asimismo, se anulan las salidas de los residentes al exterior.

La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado en dicho municipio se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.

En los establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas, el consumo en el interior de bares y cafeterías deberá realizarse sentado en mesa; en los restaurantes y sociedades gastronómicas está prohibido el consumo en la barra y en la zona de cafetería o bar; en todo caso, tanto en el interior de los locales como en las terrazas al aire libre, deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de seis personas por mesa o agrupación de ellas; en todos los establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas, así como en terrazas al aire libre, no se permite el consumo de pie; y se extremará el uso obligatorio de mascarilla y la distancia interpersonal. Estas mismas medidas se aplicarán a todo establecimiento, actividad, instalación o terraza en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería o restauración en ambos municipios.

La celebración de eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas en instalaciones deportivas o en la vía pública podrá desarrollarse con público, con un límite de 25 personas para lugares cerrados y de 50 personas tratándose de actividades al aire libre.

"Todos los ciudadanos han de colaborar activamente en el cumplimiento de estos preceptos, de manera que su incumplimiento individualizado podrá constituir infracción administrativa sancionable", recordó la Junta.

La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de estas medidas de contención corresponde a las autoridades estatales, autonómicas y locales según el régimen competencial aplicable; todas las administraciones colaboran para la resolución en el menor plazo posible de esta situación epidemiológica y la reversión de las medidas adoptadas.

No obstante y ante las actuales circunstancias, destacó que es "imprescindible" el compromiso individual para cumplir con las medidas básicas para la prevención de la COVID-19 (lavado frecuente de manos, distanciamiento físico interpersonal y uso obligatorio de mascarillas) e "imperiosa" la necesidad del cumplimiento social en lo referido a las obligaciones más específicas que se recogen en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León

Finalmente, la Junta apeló a la responsabilidad ciudadana para con el cumplimiento de estas medidas y de cualquier otras obligaciones al respecto. "Son fundamentales para evitar la transmisión comunitaria, insistiendo en que todos y cada uno de los ciudadanos ha de extremar la observancia de las medidas individuales y colectivas para frenar más contagios por SARS-CoV-2".