Piden prisión inmediata al camionero que mató a un ciclista

D.V.
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Penal 3 ha concedido la suspensión mientras dura la tramitación del indulto, decisión que ha sido recurrida en reforma

Piden prisión inmediata al camionero que mató a un ciclista

La Fiscalía de Valladolid ha mostrado su oposición a que el camionero portugués Andrés dos S.C., condenado a dos años y cuatro meses de privación de cárcel por causar la muerte a un ciclista y dejar malherido a otro tras un atropello en febrero de 2016 en la Ronda Exterior, permanezca libre mientras se tramita la petición de indulto formulada por su defensora.

Aunque el titular de Penal 3, por auto de fecha 29 de enero, ha accedido a suspender la ejecución de la pena privativa de libertad en tanto en cuanto se resuelve la solicitud de indulto ante el Ministerio de Justicia, la acusación pública, en un recurso de reforma ante el juez al que se ha sumado el letrado del ciclista fallecido, ha impugnado tal medida de gracia al no ver causa que la justifique, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En concreto, Fiscalía de Valladolid recuerda que en la sentencia dictada en esta causa no se apreció la atenuante de arrepentimiento y además, con carácter general, la Audiencia Provincial no admitió la suspensión pese a haber petición de indulto.

Andrés dos S.C. alega que la pena impuesta por la Audiencia de Valladolid "trastornará su vida" y se apoya en su petición en el "abrazo" que le dio el otro ciclista herido en el accidente y en un artículo que escribió después de la sentencia.

La Audiencia de Valladolid, en su fallo del pasado 17 de enero, estimó el recurso de apelación que la familia del ciclista fallecido, Jesús Negro, al que se adhirió el fiscal, había presentado contra el auto del Juzgado de lo Penal 3 que acordó dejar en suspenso la referida condena y su sustitución por el pago de 1.080 euros, y le mandó a prisión.

En su resolución, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial que preside José Luis Ruiz Romero recordaba que la concesión de tal beneficio es una facultad discrecional del tribunal, en alusión a lo decidido por el juez de lo Penal que impuso la condena, pero en el presente caso la Audiencia vallisoletana había decidido revocar tal suspensión tras advertir de que el condenado no había mostrado arrepentimiento alguno.

"Difícilmente alguien puede decir que se encuentra arrepentido cuando niega haber realizado el hecho, tanto en el juicio oral como anteriormente en la fase de instrucción, pues negó haber invadido el arcén por el que circulaban los ciclistas", al tiempo que tampoco aprecia en el condenado haya hecho esfuerzo por reparar el daño causado, "máxime cuando en todo momento negó su responsabilidad en la causación del siniestro y éste tuvo que ser acreditado a través de la prueba testifical y pericial practicadas".

El tribunal sólo encontraba como causa del siniestro la "desatención o somnolencia del conductor, pues se trataba de un tramo prácticamente recto, con buena visibilidad y sin especial incidencia ni climatológica ni de tráfico", y cimenta aún más su negativa a sustituir la cárcel por una mera multa tras no ver justificado el alegato del condenado respecto de la necesidad de permanecer libre para contribuir a la manutención de su hija.

"Tener una hija a la que debe satisfacer una pensión de 150 euros mensuales no constituye, a juicio de esta Sala, una circunstancia excepcional que se pueda tener en cuenta para justificar la suspensión de la condena, pues dicha cantidad, al ser más bien reducida, puede satisfacerla incluso con el subsidio de paro o desempleo".

El camionero portugués Andrés dos S.C. fue condenado por el Juzgado de lo Penal 3 a dos años y cuatro meses de cárcel por homicidio por imprudencia y otro de lesiones, sentencia que luego confirmó la Audiencia de Valladolid, salvo en lo relativo a la privación del carné de conducir, que quedó fijada en 23 meses, frente a los 43 impuestos en primera instancia.

A ello se suman, en concepto de responsabilidad civil, las indemnizaciones correspondientes, con responsabilidad civil directa de Allianz y subsidiaria de Transportes Couto S.A. y Transportes Nordestinos LDA. En concreto, más de 232.000 euros para la familia de Jesús Negro, de ellos 50.400 para su padre, 15.400 para cada uno de sus tres hermanos y más de 126.000 para su entonces pareja sentimental, al reconocer el juez la relación de pareja que había.

Al ciclista que salió vivo, Aitor Martínez, corresponde un total de 102.000 euros, a los que se suman otros 2.630 que ya recibió por daños.

El fiscal y las acusaciones particulares habían pedido una condena de entre tres y cinco años de prisión tras considerar plenamente probado que el 25 de febrero de 2016, fruto de una distracción grave, invadió el arcén por el que circulaban dos ciclistas.