Ribera del Duero incorpora la elaboración de vinos blancos

D.V.
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El BOE publica la solicitud de modificación del nuevo pliego de condiciones

Ribera del Duero incorpora la elaboración de vinos blancos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Solicitud de Modificación del Pliego de Condiciones de Producto de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Ribera del Duero por la que, a partir de este momento, los agentes implicados pueden presentar alegaciones a las modificaciones planteadas. 

La solicitud de modificación del pliego de condiciones por parte del Consejo Regulador de la Denominación de Origen surge como consecuencia de la exigencia normativa para aplicar los nuevos procedimientos de control estipulados por las administraciones que requieren el cambio del actual sistema de control para adaptarse al nuevo protocolo de actuación y gestión, basado en la Certificación de Producto, según ha informado el Consejo Regulador a través de un comunicado remitido a Europa Press. 

Todo ello de cara a conseguir la acreditación ante la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) del Consejo Regulador como Organismo de Certificación de Producto en Ribera del Duero, el cual ha aprovechado esta circunstancia para actualizar su pliego de condiciones, con algunas novedades que suponen un cambio histórico para la DOP, y responden a las inquietudes planteadas por viticultores y bodegas. 

Entre las ampliaciones que se proponen incluir en el nuevo pliego de condiciones cabe destacar la incorporación de los vinos blancos obtenidos de la variedad ya autorizada Albillo Mayor. 

Antes del inicio de este proceso de modificación este tema ha sido valorado y decidido por el Pleno del Consejo Regulador, "consciente de la necesidad" de atender a los requerimientos de los elaboradores ribereños. 

Se pretende, principalmente, garantizar la pervivencia y asegurar un futuro a una variedad de uva autóctona "única y diferenciada", la Albillo Mayor, y se quiere poner en valor al vino blanco de esta variedad, que ya se produce en la región, aunque sin poder identificarse todavía como Ribera del Duero. 

Otros de los aspectos técnicos que se han actualizado en este pliego son la utilización de la sinonimia Rosado y Clarete, la actualización de las características organolépticas de los distintos tipos de vinos, la participación de la variedad autorizada Garnacha Tinta hasta un 25 por ciento en la elaboración de vinos tintos, junto con cuestiones de carácter burocrático y formal. 

Con la publicación en el BOE se da publicidad a la solicitud y se inicia el procedimiento de oposición nacional, según el cual, cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, puede oponerse a la citada solicitud en el plazo de dos meses.