El Tribunal Supremo determina que el bitcoin no es dinero

Europa Press
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La criptomoneda, a ojos de la Justicia, es un activo inmaterial de contraprestación o de intercambio pero no tiene consideración legal a los efectos de responsabilidad civil

El Tribunal Supremo determina que el bitcoin no es dinero

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el bitcoin y ha establecido que esta criptomoneda no puede ser considerada dinero ni tener tal consideración legal a los efectos de responsabilidad civil. No obstante, el Alto Tribunal considera que puede ser utilizado como un activo inmaterial de contraprestación o de intercambio en cualquier transacción bilateral en la que los contratantes lo acepten. 

En su primera sentencia por una estafa en bitcoins, el Supremo confirma una condena de dos años de prisión al administrador único de la empresa Cloudtd Trading & Devs, que firmó contratos de gestión con cinco personas que le entregaron las criptomonedas en depósito para que, a cambio de una comisión, reinvirtiera los dividendos y entregara las ganancias obtenidas. Sin embargo, cuando se firmaron estos contratos el condenado tenía intención de apoderarse de los bitcoins recibidos sin ánimo de cumplir con sus obligaciones. 

La Audiencia Provincial de Madrid impuso al acusado el pago a las víctimas de la estafa de una indemnización en el valor de la cotización de los bitcoins en el momento de la finalización de cada uno de sus respectivos contratos, que se determinaría en ejecución de sentencia, y declaró, igualmente, la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa. Como no estaban de acuerdo con esta resolución, los estafados presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que alegaron que lo procedente hubiera sido que la sentencia condenara al acusado a restituir los bitcoins sustraídos. Ahora, la Sala responde que "el acto de disposición patrimonial que debe resarcirse se materializó sobre el dinero en euros que, por el engaño inherente a la estafa, entregaron al acusado para invertir en activos de este tipo". Por otro lado, sostiene que tampoco el denominado bitcoin "es algo susceptible de retorno, puesto que no se trata de un objeto material, ni tiene la consideración legal de dinero".