Cuentas señala irregularidades en las ayudas al transporte

Ical
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Un informe del Consejo de Cuentas recomienda que la duración de las concesiones pase de 30 a 10 años, para cumplir con la normativa europea

El consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones. - Foto: Miriam Chacón (Ical)

El Consejo de Cuentas de Castilla y León constató que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha incumplido lo dispuesto en las bases reguladoras referido a la cuantía de la subvención de las líneas de transporte regular para viajeros por carretera. En este sentido su informe apunta que no se acredita el correcto cálculo de los costes de prestación del servicio.

Además, advirtió que las concesiones vigentes en la Comunidad acumulan una duración superior a treinta años, por lo que lo difiere de la necesaria adaptación del sector a la normativa europea. Y es que la Unión Europea persigue la liberalización del mercado de transporte mediante el establecimiento de la competencia en la adjudicación de los contratos y, por tanto, la duración limitada de las concesiones a un plazo de diez años.

El informe ‘Fiscalización de las subvenciones destinadas a la explotación de servicios deficitarios de transporte público regular permanente de uso general de viajeros por carretera’, que corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones 2018, busca evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a la concesión de subvenciones, así como analizar el déficit de la explotación subvencionado.

La subvención objeto de esta fiscalización se convoca para el ejercicio 2017 mediante una orden de la Consejería por importe total de 12,9 millones de euros, de la que resultaron beneficiarios 241 titulares de servicio de transporte.

En cuanto al análisis de la subvención, el Consejo de Cuentas subrayó el incumplimiento de la Ley General de Subvenciones por la incorrecta delimitación del beneficiario en las bases reguladoras. No en vano, el informe recordó que hay beneficiarios 77 titulares de autorizaciones administrativas especiales cuya vigencia ha finalizado, pero que continúan prestando el servicio. Además, precisó que la orden de la convocatoria no los contempla como posibles beneficiarios, porque está dirigida a los titulares de contratos de concesión de servicios de transporte.

De ahí una de las recomendaciones de la institución al pedir que la Dirección General de Transportes debe regularizar la situación de los titulares de las desaparecidas autorizaciones administrativas especiales, mediante la tramitación de un contrato de concesión de servicios.

En ese sentido, el Consejo de Cuentas expuso que el establecimiento de criterios de valoración de las solicitudes no es válido en un procedimiento de concesión directa que se resuelve en función del orden de entrada de las solicitudes. “Las bases reguladoras establecen criterios de concesión cuando el procedimiento a aplicar no es el ordinario de concurrencia competitiva”, apuntó.

La institución propia advirtió que la Consejería de Fomento, incumpliendo lo dispuesto en la orden de 2009 sobre las bases reguladoras para la concesión de esta subvención, financia un déficit de la explotación que no se corresponde con el real de los servicios de transporte financiados. Es decir, no se acredita que la cuantía subvencionada restablezca el equilibrio económico del contrato de gestión del servicio público. El cálculo efectuado por el órgano gestor responde a un reparto de los fondos disponibles según parámetros de coste más o menos homogéneos.

En concreto, denunció que en el 53 por el ciento de los casos, se financian cuantías inferiores a las solicitadas. “El diferimiento en el pago de estas ayudas obliga a los beneficiarios a asumir los costes financieros derivados de los servicios deficitarios, que no son abonados por la administración hasta transcurridos dos años desde que se produce el déficit”, recogió el informe.

Otra de las recomendaciones es que las convocatorias de subvenciones futuras para financiar el déficit de la explotación hasta la adjudicación de los nuevos contratos, debe modificarse la base que regula la determinación de la cuantía individual de la subvención de manera que refleje la estructura real de costes e ingresos que va a ser utilizada para cuantificar el importe. También se debe valorar la conveniencia de anticipar la convocatoria de subvención a la vista de los problemas de gestión que plantea la cercanía del cierre del ejercicio.

Transporte a la demanda

En cuanto a las modificaciones de los contratos para introducir el transporte a la demanda, el Consejo de Cuentas señaló que no reúnen los requisitos mínimos previstos en la legislación. Y es que aseguró que no se especifica los kilómetros a recorrer en las nuevas rutas ni las condiciones económicas a que están sometidas las nuevas prestaciones. Además, el cálculo de la cuantía de la subvención difiere del previsto en las bases reguladoras para el transporte regular.

De ahí que se reclame que la Dirección General de Transportes cuantifique los datos concretos para determinar los costes asociados al transporte a la demanda, con la finalidad de integrar estos cálculos en los pliegos del futuro contrato que debe tramitar la administración antes de que finalicen las actuales concesiones, en diciembre próximo.

El informe también recoge que el transporte metropolitano de Burgos y Segovia incumple lo dispuesto en las bases reguladoras en relación a que la cuantía de la subvención del transporte debe corresponderse con el importe del déficit del servicio. Y es que consdiera que “no queda debidamente justificados los costes y detectándose errores en el cálculo del déficit”. En el caso de Salamanca, León y Valladolid, no se financia el déficit de explotación sino una bonificación de la tarifa.