El TSJ ratifica 14 años por el asesinato de Sebastián Valle

ICAL
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La Sala de lo Civil y de lo Penal confirma que el acusado deberá pagar a los padres de la víctima 100.000 euros, y asumir los costes del recurso de alzada

El TSJ ratifica 14 años por el asesinato de Sebastián Valle

La Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación formulado por la representación procesal de Tomás Alonso, que el pasado 31 de enero fue declarado culpable del asesinato de Sebastián Valle, ambos vecinos del Barrio de España de Valladolid, cometido el 9 de abril de 2017 en el paraje del Soto de la Medinilla, junto al río Pisuerga.

De esa forma se ratifica la condena al acusado como autor de un delito de homicidio sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de catorce años de prisión, a la pena accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, y en la que se establece la medida de alejamiento de los padres del fallecido a menos de 500 metros de distancia durante el tiempo de 24 años, así como a indemnizar a éstos en la suma de 100.000 euros. También se imponen las costas del recurso de alzada a la parte recurrente.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación por infracción de Ley y por quebrantamiento de forma, que podrán prepararse dentro de los cinco días siguientes al de su última notificación, para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo con arreglo a la Ley.

En la lectura de su informe sobre el caso, el jurado popular, al igual que el fiscal, la acusación particular y el informe policial, consideró verídico el testimonio del testigo que vio a Tomás Alonso agrediendo a Sebastián Valle, que luego encontró el cadáver en el río Pisuerga y que, horas más tarde, alertó de lo sucedido a la Policía Local. El jurado reconoció que aunque el testigo es una persona que se encuentra en el límite de tener reconocido un retraso mental leve, también argumentó que los peritos dieron validez a su testimonio.

Además, también consideró probado que la víctima, ante las sospechas de que Tomas Alonso le había robado el teléfono móvil, se dirigió a su domicilio sobre las 16.30 horas y, desde allí, ambos salieron en dirección al Soto de la Medinilla. Allí, y ante las recriminaciones por el presunto robo del móvil, Tomás Alonso comenzó a agredir a la víctima reiteradamente. En ese momento, en el lugar de la agresión apareció el testigo, que conocía a Tomás Alonso, pero optó por abandonar el lugar ante los requerimientos del acusado.

Después, Tomás Alonso persiguió a la víctima por una sendero que desembocaba en el río y allí, tras coger un ladrillo del suelo, le golpeó en repetidas ocasiones en la cabeza. Después, con una navaja, continuó la agresión y asestó al fallecido más de una veintena de puñaladas, dos en la región pectoral derecha, otras cinco en la zona lumbar y axila izquierda, dos en la zona derecha del abdomen y otra docena en la espalda.

Una vez muerto, el acusado arrojó el cuerpo al Pisuerga. Horas más tarde, el cadáver fue encontrado por el propio testigo de la agresión, que decidió volver al lugar de los hechos y encontró el cuerpo flotando.

Además, el jurado también hizo referencia a los datos aportados por los forenses sobre las heridas que Tomás Alonso presentaba en varias partes de su cuerpo, en especial en los antebrazos, señalando que son compatibles con la vegetación existen en la escena del crimen, así como que la ropa encontrada en casa de Tomás Alonso coincide que con la descripción aportada por el testigo.

Al mismo tiempo, los miembros del jurado consideraron no probada la versión de Tomás Alonso, que señaló que en la tarde de los hechos fue con la víctima a recoger tierra en los alrededores de un vivero de la zona.

Por último, también sostuvieron que no concurre la alevosía, dado que la víctima pudo defenderse según se desprende del informe de los forenses y de las heridas que presentaba en las manos, y que tampoco hubo ninguna intención de causarle un sufrimiento gratuito a la víctima, dado que la única atención de Tomás Alonso era acabar con la vida de Sebastián Valle.