El juzgado declara nulo el Plan de Movilidad de Valladolid

D.V.
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Anula la implantación de los carriles de bus-taxi y de bici en varias avenidas

Obras del carril bici de Isabel la Católica de septiembre de 2020. - Foto: Jonathan Tajes

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid ha declarado contrario a derecho y nulo el Decreto del Ayuntamiento de la ciudad por el que se desestimó un recurso de reposición presentado por el Partido Popular y se volvió a aprobar la implantación de carriles bus-taxi en varias vías de la ciudad, así como el carril bici en el paseo de Isabel la Católica y la avenida de Gijón.

Así se recoge en una sentencia, fechada este martes y a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el Juzgado estima el recurso interpuesto por la presidenta del Grupo Municipal Popular, Pilar del Olmo Moro, y condena en costas al Ayuntamiento dirigido por el socialista Óscar Puente.

El acuerdo recurrido y que ahora se declara nulo y contrario a derecho es el Decreto de 6 de noviembre de 2020, firmado por el concejal del Área de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Valladolid, Luis Vélez, por el que se desestimaba un recurso de reposición interpuesto por el propio Grupo Popular a otro decreto, de 10 de septiembre de dicho año, por el que se aprobaba nuevamente la implantación de los carriles bus-taxi que se desplegaron ese verano y la implantación de carriles bicis segregados en Isabel la Católica y Avenida de Gijón.

El denominado proyecto "Valladolid Ciudad Verde" supuso la implantación del 'carril-bus', de uso exclusivo para autobuses y taxis y que convive en vías de doble capacidad con otro reservado para vehículos a motor y bicicletas, con preferencia para éstas y límite a 30 kilómetros por hora, en un total de 21 calles de la ciudad.

A ello se sumó la prohibición de circulación de vehículos en las calles Cánovas del Castillo y Fray Luis de León (entre las calles Cánovas del Castillo y López Gómez), y la implantación de carriles bicis segregadas en el Paseo de Isabel la Católica en el tramo entre el Puente Mayor y el Puente de Isabel la Católica; así como en la Avenida de Gijón, entre el acceso al cementerio de Las Contiendas y la plaza de San Bartolomé, en sentido centro.

Las obras, como cita la sentencia, tuvieron un coste total de 336.080 euros y se llevaron a cabo mediante contratos, de mantenimiento, señalización o semáforos, que ya fueron fiscalizados y aprobados "debidamente".

Como refleja el documento, la propuesta dirigida a favorecer un itinerario de transporte público en autobús y taxi en varias calles de la ciudad de Valladolid, denominada 'VA-10' y la habilitación de los citados carriles bici se aprobó inicialmente en un decreto a finales de junio de 2020, pero el 10 de septiembre se formuló un nuevo decreto.

En él se recogen las medidas del citado inicialmente como "Plan Valladolid Ciudad Verde" para precisar que no se trataba de un plan "ya que el mismo no contiene dicha denominación, ni tenía esa finalidad" sino que "constituye más bien una presentación pública de medidas ejecutadas, en ejecución o que pueden realizarse ante la situación sanitaria" causada por la crisis del COVID-19.

El segundo decreto volvía a plantear las acciones llevadas a cabo en el verano de 2020 por el equipo de Gobierno.

Ante el mismo presentó recurso el Grupo Popular por considerar que vulneraba el procedimiento legalmente establecido en la Ley de Tráfico que establece que la regulación de usos de vías públicas debe hacerse mediante Ordenanza y no por Decreto. Su proceso de elaboración, añadía el PP, está reservado al Pleno de la Corporación para dotarlo de mayor publicidad.

El texto judicial indica que "de la normativa citada se desprende que la regulación del uso de las vías urbanas titularidad del Ayuntamiento debe realizarse mediante una disposición de carácter general u Ordenanza".

Tras indicar que el Decreto impugnado "no alcanza a una calle concreta, sino a un total de 21 que transcurren por el centro de la ciudad", se relatan buena parte de las actuaciones llevadas a cabo y se concluye que "todo ello, en definitiva, abunda en la exigencia de su regulación a través de una disposición normativa u Ordenanza", en atención a "la afectación a la regulación y ordenación del tráfico urbano de la ciudad de Valladolid, que ha producido un cambio sustancial del tráfico rodado en las zonas afectadas.

Todo ello supone la condena en costas al Ayuntamiento, con el límite de 500 euros por todos los conceptos incluido el IVA y contra la sentencia cabe recurso de apelación.

Cabe recordar que el pasado mes de septiembre el Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico premió al Ayuntamiento de Valladolid por la implantación de este proyecto.