Villabrágima modifica sus normas urbanísticas

Ical
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La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo aprobó el cambio este viernes en una sesión extraordinaria

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo (CTMAyU) aprobó esta mañana definitivamente una modificación puntual de las normas urbanísticas de Villabrágima (Valladolid), vigentes desde el año 2007, en una sesión extraordinaria.

El objeto de la misma abarca varios aspectos entre los que destacan la eliminación de la necesidad de redactar un Plan Especial para poder superar el límite de construcción en suelo rústico de 3.000 metros cuadrados establecido en la normativa y la inclusión de la ‘propiedad discontinua’, de tal manera que se posibilitan los usos agrícolas, ganaderos y agroindustriales en una parcela materializando en ella toda la superficie edificable correspondiente a una agrupación de fincas registralmente habilitada, siempre que se cumpla una serie de requisitos y siendo de aplicación a todo el suelo rústico del término municipal. 

La modificación plantea, además, el cambio de categoría de los suelos situados en el entorno de la carretera VA-505, de la zona oeste del núcleo urbano, pasando de suelo rústico de protección agropecuaria a suelo rústico común para poner en valor las edificaciones sin uso existentes y adecuar la superficie colindante con las actividades requeridas por la población. También cambia todas las categorías de suelo rústico para adecuarlas al régimen de usos del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, concreta qué instalaciones o dependencias computan o no efectos de edificabilidad, incluye la definición y los parámetros de las Construcciones Auxiliares así como una nueva ordenanza del Viario y condiciones estéticas en la ordenanza de Áreas Tradicionales con el fin de armonizar y mejorar el carácter tradicional del casco histórico. Por último, elimina el vial de continuación de la calle Paralela para permitir el acceso a una de las parcelas que no contaba con frente a viario público. 

Igualmente, la Comisión ha aprobado la modificación de las Normas Urbanísticas Municipales de La Pedraja de Portillo con el fin de cambiar la densidad mínima de población del sector urbanizable SUR 02, prevista en el planeamiento general vigente desde 2007, adaptándola al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y rebajándola de 20 viviendas por hectárea a la mitad. 

Esta modificación se justifica ya que la reducción del número de viviendas, de 2.304 a 1.152, conlleva un uso sostenible del desarrollo territorial, con un uso racional de los recursos del suelo y la protección del medio ambiente, así como la adecuación de los parámetros a la normativa vigente. 

En cuanto a normativa urbanística se refiere, la Comisión también ha aprobado una modificación de las normas de Trigueros del Valle, promovida por Ayuntamiento tras detectar errores en la clasificación de parcelas y la necesidad de adecuar la normativa urbanística al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, dando una mejor respuesta a las necesidades de población y garantizando que todos los propietarios del municipio tengan los mismos derechos y deberes. Tiene, por tanto, un doble objetivo: modificar la delimitación de suelo urbano, reduciéndola en el extremo norte del núcleo urbano; e incorporar y definir un nuevo uso básico de ‘Alojamiento de integración’ y modificar la ordenanza de ‘Uso dotacional’, incluyendo dicho uso básico como un uso sin limitación. 

Autorizaciones de uso excepcional

En otro orden de cosas, la Comisión extraordinaria ha otorgado autorizaciones de uso excepcional en suelo rústico para una instalación fotovoltaica en el término municipal de Aguasal; para la ampliación de una bodega con una nueva nave de almacenamiento y embotellado en Piñel de Abajo, de 1.488 metros cuadrados; y para la explotación a cielo abierto para la extracción de gravas y zahorras, clasificada dentro de la sección A de Recursos y el Plan de Restauración, de Melgar de Arriba. La zona de ocupación planificada para esta explotación para dos años ocupa una superficie de 3,3 hectáreas, con una producción anual de 25.000 metros cuadrados que será empleada en obras de infraestructuras y de construcción en general. 

Estas autorizaciones no eximen, en ningún caso, de la obligatoriedad de obtener las preceptivas licencias ambiental y urbanística con carácter previo a la ejecución del proyecto, ni prejuzga el contenido de los correspondientes acuerdos municipales.