El Supremo cierra la vía de una compensación en el caso Ebro

M.Rodríguez
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Rechaza el recurso de casación a la sentencia del TSJ y obliga al Ayuntamiento a ejecutarla, además de desestimar que las promotoras paguen por las 263 viviendas construidas de más

Edificio de viviendas frente a Vallsur en el que se construyeron 263 viviendas más de las previstas. - Foto: J. TAJES

Carpetazo judicial al caso Ebro. Casi tres lustros después, el Supremo cierra la vía judicial al rechazar el recurso de la asociación Ciudad Sostenible contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, de mayo de 2019, que desestimaba el argumento del Ayuntamiento de Valladolid de que era imposible ejecutar la sentencia de este caso. De hecho, el propio Consistorio descartó recurrir la sentencia y ha aprovechado este tiempo para tratar de dar una solución a esta operación urbanística en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), recién aprobado, según apuntan fuentes municipales.

El Supremo ratifica ahora los argumentos de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, que  reprendían al Ayuntamiento por apuntar que era «imposible» ejecutar lo dispuesto en el caso. En la sentencia, fechada hace más de un año, se desestimaba también la pretensión del Consistorio, que recurría al propio tribunal para que decidiera si las arcas municipales debían recibir una compensación económica por parte de las promotoras beneficiadas por el ‘pelotazo urbanístico’ generado por un exceso de edificabilidad (de 263 viviendas) en los terrenos de la antigua fábrica de Piensos Cía, en el paseo de Zorrilla frente a Vallsur. Esta petición se realizó en octubre de 2018, doce años después de la primera sentencia del mismo tribunal (abril de 2007), que anulaba el planeamiento urbanístico de la zona,  y se justifica en la imposibilidad de llegar a un acuerdo con las empresas constructoras implicadas. 

 

Ordenación urbanística.

En el auto recurrido del TSJCyL, el tribunal leía la cartilla al Ayuntamiento porque no había llevado a cabo la ordenación urbanística de la zona para poder fijar los deberes que debían cumplir los propietarios de esos suelos. Un año después ya figura en la revisión del PGOU como un sector con cargas de sistemas generales, donde se reconocen unas licencias aprobadas durante estos años. Es decir, se «legaliza» el exceso de vivienda construida, aunque desde el equipo de Gobierno se sigue intentado llegar a un acuerdo con las promotoras para «cerrar» un asunto que lleva coleando desde la primera sentencia de 2007.

Desde entonces, los tres magistrados que la firman, recuerdan que una vez anulado el planeamiento anterior, en abril de 2007, se debía de haber aprobado uno nuevo «que responda a la realidad existente o a la querida». En la revisión ya vigente del PGOU figura como sector con ordenación detallada, «legalizando» la parte edificada, y ordenando la zona sin concluir, junto a Las Norias, como sector de suelo urbano no consolidado, con la carga de sistemas generales que le corresponde.

Esta opción sustituye la modificación iniciada en 2015, después del acuerdo alcanzado por el denunciante, el exportavoz socialista Ángel Velasco, con las tres promotoras, de trasladar los derechos de edificabilidad de 60 viviendas en una parcela de la zona de Santa Victoria al Ayuntamiento, así como derechos para 107 plazas de aparcamiento en viario y 260 en el subsuelo. Esto conllevaba también la legitimación de la operación y de la modificación del PGOU. El acuerdo se validó inicialmente por el tribunal, pero la personación de la Asociación Ciudad Sostenible de Valladolid lo frenó, con el apoyo del PSOE e IU, ahora en el Gobierno.

La sentencia ya firme sostiene que «no es procedente la indemnización como parte de la ejecución de la sentencia» porque esto reconocería los efectos de una modificación de planeamiento «que ha sido expulsada del ordenamiento jurídico». Esto tira por tierra el objetivo del equipo de Gobierno de ingresar, al menos, unos cinco millones por esta operación urbanística. De hecho, el TSJ apunta que los beneficios derivados de las edificaciones existentes «son fruto no solo del planeamiento ilegal sino que también lo son de una licencias que no fueron recurridas por nadie».

 

Un largo camino judicial

2007. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León declaró la nulidad de la orden de la Consejería de Fomento que aprobó definitivamente la modificación del PGOU en los terrenos de la antigua azucarera Santa Victoria, propiedad de Ebro Puleva y piensos Cía.

2011. El Tribunal Supremo de 2011 ratificó la ilegalidad de los pisos, anulando la Orden de modificación del PGOU de 2003 en los ámbitos de la fábrica de Piensos Cia y la azucarera Santa Victoria .

2014/2015.  Mediante dos autos del TSJCyL, que incluían un voto particular en contra, se declara terminada la ejecución con la mera publicación del fallo.

2015. Acuerdo entre el denunciante, el exportavoz socialista Ángel Velasco, con las tres promotoras, de trasladar los derechos de edificabilidad de 60 viviendas en una parcela de la zona de Santa Victoria al Ayuntamiento, así como derechos para 107 plazas de aparcamiento en viario y 260 en el subsuelo. Esto conllevaba también la legitimación de la operación y de la modificación del PGOU. 

2016. El Supremo en 2016 estimó el recurso de casación de Ciudad Sostenible y, a partir del reconocimiento de que el fallo de la sentencia firme no se agotaba con la simple publicación de aquél, ordena que se siga con la ejecución de la sentencia.

2019. Una sentencia y un auto del TSJCyL rechazan la imposibilidad de ejecutar la sentencia.