Puente suspende toda su agenda por contacto con un positivo

D.V.
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El alcalde tenía prevista una visita a unas obras que había sido denunciada por el PP ante la Junta Electoral al entender que vulneraba la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

El alcalde, Óscar Puente. - Foto: Europa Press

El alcalde de Valladolid, Óscar Puente, ha suspendido toda su agenda pública tras informar que ha mantenido contacto con un positivo. El regidor ha suspendido todos los actos que tenía programados para este miércoles. Tenía prevista una visita a las obras de reurbanización de la calle Bennito Menni y el paseo Juan Carlos I, que también ha quedado suspendida.

El Partido Popular de Valladolid denunció el martes este acto ante la junta electoral de zona de Valladolid al entender los 'populares' que vulneraba la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. Tras conocerse la información de la denuncia, desde el Consistorio vallisoletano se comunicó que la visita quedaba suspendida y después fuentes municipales informaron de que el motivo de esta suspensión era el contacto con un positivo.  

En un escrito al que ha tenido acceso Ical, el PP de Valladolid recordó la normativa, que establece que "desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

"Durante el mismo período queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo", recalcan.

A su juicio, la visita suponía la infracción de lo establecido en el mencionado artículo 50 de la LOREG", y señalan que de acuerdo con lo establecido en el artículo 153 de la ley, "toda infracción de las normas obligatorias establecidas que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de cien a mil si se realiza por particulares".

Por todo ello, reclaman a la junta electoral que le impongan a Puente la sanción de mil euros por "la comisión de una infracción prevista en el art. 50.3 de la LOREG", al llevar a cabo la visita a las obras de reurbanización ejecutadas en la calle Benito Menni y paseo de Juan Carlos I.