Jesús Quijano

UN MINUTO MIO

Jesús Quijano

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Valladolid


Veto parental

27/01/2020

La verdad es que no he conseguido entender bien cuál es el sentido exacto de esa polémica que se ha desatado en relación con el llamado «pin parental»; denominación que no me resulta nada reveladora de lo que parece ser el asunto, si es que se trata de establecer límites al sistema educativo, de manera que determinados contenidos o conocimientos puedan ser objetados por los padres cuando no deseen que les sean transmitidos a sus hijos. El debate se ha centrado mucho, quizá demasiado, en la información sexual, y tal vez eso no ha ayudado mucho a un planteamiento más racional del tema. Hasta se ha derivado hacia una curiosa discusión sobre si los hijos son de los padres o del Estado, supongo que sólo a estos efectos educativos.
Seamos serios. Por suerte, nuestra Constitución establece unas bases muy sólidas a propósito del derecho a la educación en su artículo 27. Es un precepto muy detallado, fruto de uno de los consensos más delicados del proceso constituyente, desarrollado luego por abundante legislación y jurisprudencia, en el que están enunciados los principios fundamentales de la materia con equilibrio exquisito. Ahí está la libertad de enseñanza y de creación de centros, el pleno desarrollo de la personalidad humana como objetivo de la educación, el carácter obligatorio y gratuito de la enseñanza básica y la garantía del derecho de los padres a que sus hijos reciban formación religiosa y moral acorde con sus convicciones. No se puede decir más, ni mejor.
De manera que el sistema educativo es en último término una transacción entre los padres y el Estado: los padres tienen el derecho y la obligación de que sus hijos reciban educación, y el Estado lo garantiza, sea con centros públicos, con apoyo a los concertados, o con respeto a los privados. Así que los padres tienen derecho a elegir centro, pero no a excluir a sus hijos de los contenidos educativos que estén reconocidos como regulados o que estén aceptados como complementarios por los órganos de gestión y control de los centros donde tiene derecho a participar. Así que la educación funciona sobre la base de dos elementos fundamentales: la ordenación legal del sistema educativo, a partir de las bases constitucionales; la confianza en la responsabilidad profesional y vocacional de los educadores. Y si hay excesos que merezcan ser corregidos, para eso están quienes pueden hacerlo: la administración educativa, los tribunales y los consejos escolares.