La decisión del Tribunal Supremo de denegar la libertad a los siete procesados por el procés independentista era la esperada, sobre todo porque persiste uno de los motivos fundamentales por los que un tribunal dicta la prisión preventiva, el riesgo de fuga. Una posibilidad que todavía no se ha desechado y que en consonancia con las últimas palabras que pronunciaron al término de la vista oral manifestando su disposición a repetir lo que hicieron en 2017 es bastante plausible si se tiene en cuenta que contarían con la infraestructura suficiente para tratar de escapar a la acción de la justicia como hicieron varios de los encausados. Además no descarta que puedan incurrir en el resto de causas que justifican la prisión preventiva, y que a tenor de sus últimas palabras, apuntan a una posible reiteración delictiva con llamamientos a la movilización que podrían desembocar en enfrentamientos violentos.
Todos los encausados, por tanto, deberán esperar la sentencia en cárceles catalanas –Cataluña tiene transferidas las competencias en prisiones- en cumplimiento de los principios legales y porque ya no es necesaria su presencia en Madrid para estar a disposición del tribunal que ya ha comenzado sus deliberaciones.
Sin duda su traslado a Cataluña volverá a convertir la prisión barcelonesa de Lladoners y las otras en las que quedarán ingresados, en centros de peregrinación del independentismo, como lo fueron en el periodo anterior a su traslado a las cárceles madrileñas para que estuvieran presentes en el juicio. En aquella ocasión ya se comprobó la laxitud con la que las autoridades penitenciarias catalanas han tratado a estos internos y los privilegios de los que han gozado durante ese tiempo. Algo similar a lo ocurrido con Oriol Pujol, el llamado a ser el ‘hereu’ del capital político de su padre, que goza de una situación privilegiada en prisión y que habría recibido un tercer grado encubierto como ha denunciado la fiscalía.
Estas actuaciones de las autoridades penitenciarias catalanas, sin embargo, han debido servir a los ojos de cualquier observador internacional para comprobar que no están presos por sus ideas y que no se vulneran sus derechos, sino que se encuentran en prisión por haber cometido presuntamente unos delitos gravísimos, sancionados con altas penas de prisión aunque se trate de los más leves por los que han sido juzgados, que desde sus celdas han continuado con el ejercicio del liderazgo sobre sus organizaciones y muchos de ellos han sido candidatos en las elecciones generales, municipales y europeas.
El auto del Tribunal Supremo que confirma la prisión se explaya en contestar las conclusiones del Grupo de trabajo de la ONU sobre la Detención Arbittraria que solicitaba al Gobierno la libertad de los “Jordis”, que no pudo rebatir durante la vista oral y ahora lo hace con toda dureza, desde recordar que se trata de unas conclusiones no vinculantes y que están recurridas por la Abogacía del Estado a poner de manifiesto que desconoce que España es un Estado de Derecho en el que impera la separación de poderes, o que realiza afirmaciones extravagantes, carentes de toda lógica y de imposible encaje en nuestro sistema procesal", además de hacer valoraciones a ciegas de elementos probatorios, o desvelar su falta de imparcialidad. Un varapalo en toda regla.