Pilar Cernuda

CRÓNICA PERSONAL

Pilar Cernuda

Periodista y escritora. Analista política


Suspendidos

25/05/2019

Los servicios jurídicos del Congreso de los Diputados han avalado lo que desde el primer día de constitución de las Cortes se consideraba indiscutible, la suspensión inmediata de los diputados que cumplen prisión preventiva, por aplicación del reglamento de la Cámara y por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Ha sido esta última ley la que los jurídicos han considerado elemento en el que basar la suspensión, que la Mesa ha aprobado de inmediato con la excepción de la vicepresidenta de Podemos. Meritxell Batet, que ha salido maltrecha de su inauguración como presidenta por la forma en la que abordó este asunto, ha dicho que volverá a encargar un informe para ver de qué forma la suspensión afecta a la mayoría del Congreso, cuestión de máxima importancia cuando en perspectiva hay una investidura que obliga a conseguir una mayoría absoluta para que el candidato, Pedro Sánchez en este caso, se convierta en presidente. No es lo mismo una mayoría sobre 350, que sobre los 346 que podrían votar si los diputados suspendidos no pueden ejercer el voto.

En este asunto se comprende que la presidenta Batet haya encargado un informe a los expertos que trabajan en el Congreso de los Diputados. En el caso anterior, la suspensión de los presos preventivos, eran opinión prácticamente unánime que existía base jurídica suficiente para tomar la decisión. Es más, venía obligada, como han determinado los jurídicos. Es la razón por la que la imagen de Batet ha quedado maltrecha: no ha habido un solo analista que no haya advertido tintes electoralistas en la decisión de la nueva presidenta. Por tener la vista puesta en la investidura de Pedro Sánchez, ha transmitido la sensación de que quiso aplazar la suspensión de los cuatro diputados independentistas para influir a favor en el resultado que pueda tener ERC en las europeas y municipales y, llegado el momento, agradeciera el gesto con una abstención a la investidura de Pedro Sánchez.

Había un elemento a tener en consideración en la decisión sobre la suspensión: Puigdemont. El expresidente de la Generalitat aspira a conseguir un escaño en el Parlamento Europeo y, hasta ahora, la eurocámara advertía que para asumir su condición de parlamentario en el caso de ser elegido debía cumplir el requisito que marca la ley española, pedir personalmente su acreditación en España, que es lo que marca la ley de nuestro país. Esa exigencia presencial podía provocar la detención de Puigdemont. Si el Parlamento español incumple su reglamento y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los abogados de Puigdemont, que se las saben todas, podrían encontrar la manera de sortear la ley española pues habría un precedente de incumplimiento.

Por lo tanto, a pesar de las maniobras de Batet que ella desmiente, bien está lo que bien acaba. Y, con los presos preventivos, acaba bien cuando se cumple la ley.

En su momento, ya decidirá el Supremo sobre su situación. No la parlamentaria sino la judicial.