Absuelto de violación un joven acusado por su "follamiga"

D.V.
-

La Audiencia aplica el principio de 'in dubio pro reo', ya que entiende que son posibles las dos versiones: el "sexo duro" consentido que dijo el denunciado y la agresión que denunció ella, después de pedirle que parara e hizo caso omiso

Audiencia Provincial de Valladolid. - Foto: J.T.

La Audiencia de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso de un joven que había sido denunciado por una amiga, una "follamiga", como así la definió el acusado en el juicio, que le denunció por agresión sexual tras una relación que ambos mantuvieron en el domicilio de ella el 21 de octubre de 2017. El fallo de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial contrasta con los nueve años de cárcel que habían sido solicitados tanto por la acusación pública como por la particular, que, además, habían interesado la prohibición del encausado de aproximarse a menos de 500 metros y a comunicar con la presunta víctima por espacio de diez años y, una vez cumplida la pena, otros ocho años de libertad vigilada y el pago de una indemnización de 6.000 y 12.000 euros, respectivamente, en favor de la denunciante por daños morales.

La absolución, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas, se produce en aplicación del principio 'in dubio pro reo', tras advertir de la imposibilidad de saber con certeza lo que ocurrió aquella noche, ya que son perfectamente posibles las versiones contradictorias ofrecidas por denunciado y denunciante, en el primer caso que se trató de "sexo duro" consentido y en el segundo que las relaciones se iniciaron de forma consentida y que en un momento dado ella, de 19 años, pidió a su pareja, de 25, que parara y ésta hizo caso omiso.

El tribunal, para cimentar la verosimilitud de la primera versión, recuerda que fue ella la que la madrugada del 21 de octubre de 2017, a pesar de que él había decido romper meses antes, el 29 de julio, la relación de "follamigos" que mantenían desde mayo o junio, le permitió subir a su domicilio estando bebido, meterse en su cama y tener sexo con ella.

Pero además, en la habitación contigua había un compañero de piso de la denunciante que no escuchó nada raro, con lo que el tribunal advierte de que en caso de una relación sexual no consentida, la joven podría haber pedido auxilio al otro inquilino, a lo que añade también el hecho de que al día siguiente ambos coincidieron en el salón y ella no comentó nada de una supuesta violación.

RELACIONES "IMPETUOSAS"

También esgrime la Audiencia Provincial el testimonio de varios amigos de la pareja que en el acto del juicio oral explicaron que la joven hablaba en ocasiones de las relaciones sexuales "impetuosas" que mantenía con el ahora absuelto, haciendo incluso alusión a su miembro viril, así como que les habló de que quería fastidiarle porque éste le había dicho que quería seguir siendo únicamente su "follamigo", de ahí que entendieran que la denuncia podía estar fundamentada en una actitud de rencor.

De hecho, se hace eco igualmente de distintos whatsapp entre la pareja en los que se pone en evidencia que ella estaba enamorada de él y que era éste el que no quería seguir manteniendo la relación, de ahí los reproches contenidos en mensajes que la denunciante envió al denunciado, quien respondió que sólo tenía "follamigas".

Aunque la denunciante, tras acudir al día siguiente al Servicio de Ginecología del Hospital Río Hortega de Valladolid para un reconocimiento, fue atendida de un ligero eritema en el labio anterior del cérvix, así como de leves eritemas y hematomas en el cuello y la región pectoral, el tribunal, apoyado en el informe de los médicos forensese, también incide en que tales lesiones pueden ser compatibles con las peculiaridades de la propia relación sexual, que la pareja ha venido reconociendo como "sexo duro".

Por todo ello, la Sección Cuarta de lo Penal acuerda la absolución del denunciado y deja sin efecto las medidas cautelares de protección que habían sido adoptadas en favor de la denunciante.