Carpetazo a las denuncias por las Áreas Homogéneas

M.Rodríguez
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León desestima la última reclamación millonaria por la anulación de las viviendas previstas en alguna de las áreas homogéneas, una ordenación urbanística que casi duplicaba las existentes

Carpetazo a las denuncias por las Áreas Homogéneas

La mayoría de las 15 Áreas Homogéneas (AH) aprobadas en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2004, con León de la Riva como alcalde, fueron declaradas progresivamente ilegales por distintas sentencias judiciales. Y el resto se eliminaron con la revisión del PGOU de 2020.

Esta ordenación urbanística declaraba urbanizables 3.413 hectáreas, de las que 3.113 estaban fueran de los límites de las rondas. Un planteamiento que denunció en los tribunales Ecologistas en Acción y que supuso la anulación de la AH11, donde estaba previsto un gran centro comercial, un polígono industrial y 2.700 viviendas; la AH1, al norte de Fuente del Sol, donde estaban previstas 16.000 viviendas o la AH7,  en torno al Camino Viejo de Simancas, que también contemplaba la construcción de otras 9.000 viviendas. Unas sentencias que llegaron cuando también se habían aprobado los planes parciales de las mismas, que también decayeron. Esto originó una cascada de denuncias patrimoniales por parte de los propietarios de suelo o promotores implicados en alguno de los ámbitos.

Las sentencias se han sucedido desde 2014, pero la última del Tribunal Superior de Castilla y León se conoció el pasado 12 de noviembre. En este caso se desestima una reclamación de Iberdrola Inmobiliaria de 5,4 millones de euros  por los perjuicios derivados de la anulación judicial del Plan Parcial del Área Homogénea. Se da carpetazo así a la serie de reclamaciones millonarias que el Ayuntamiento, y en este caso también la Junta de Castilla y León, ha tenido que afrontar. «Esta última sentencia viene a avalar, según creo, la política que se está llevando por el Ayuntamiento en los últimos años. Y de alguna manera, la decisión del nuevo PGOU de controlar el tamaño de los espacios clasificados como urbanizables.», detalla el concejal de Planeamiento y Vivienda, Manuel Saravia. 

En este caso la sentencia no considera la reclamación por que un defecto formal, ya que el tribunal considera que la inmobiliaria lo presentó fuera de plazo y era miembro de la Junta de Compensación del plan, que ya conocía otras denuncias y sentencias similares. De hecho, el TSJ ya había rechazado un recurso contencioso contra el acuerdo del Pleno de 2016 que denegaba la modificación puntual del PGOU  en este AH presentado por la Comisión Gestora de dicho Área. También denegó otro recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación de Propietarios, además del interpuesto por el grupo empresarial Inverduero, SAU y otros. 

otras áreas. Una situación similar se  reprodujo con el Área Homogénea 1 'Prado Palacio', que también acumuló varios recursos. Entre los más destacados está el contencioso administrativo de la nueva comisión gestora del sector 1 de ese área (Mapfre y Pryconsa) contra el acuerdo plenario de 2016 que denegó la modificación puntual del PGOU o el recurso de Inmobiliaria Algom contra resolución municipal que desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial por los perjuicios irrogados por la anulación judicial del Plan Parcial del Área Homogénea AH-1 'Prado Palacio'.

Saravia considera que este planeamiento era una desmesura. «Se incorporaban enormes cantidades de suelo urbanizable, de forma desproporcionada al tamaño y previsible extensión de la ciudad. Porque siempre se prevén suelos en que poder construir nuevos espacios. Pero tienen que tener medida». Y celebra que la nueva legislación y los juzgados facilitaron «enormemente» la eliminación de las áreas homogéneas, excepto la AH5, vinculada a la obtención de los suelos de los Talleres Nuevos.