La Federación de Caza se querella contra tres jueces del TSJ

SPC
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Considera que "algunas decisiones se tomaron sin fundamento jurídico sólo con el objetivo de perjudicar al sector cinegético"

La Federación de Caza se querella contra tres jueces del TSJ

La Federación de Caza de Castilla y León y la Fundación Artemisan anunciaron hoy la presentación de una querella ante el Tribunal Supremo contra tres magistrados del Tribunal Superior de la Justicia (TSJ) de la Comunidad por un posible delito de prevaricación en relación a la ley de Caza de Castilla y León, informa Ical.

Según explica en un comunicado, la querella se ha presentado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra tres magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sed en Valladolid, al considerar que tomaron “algunas decisiones sin fundamento jurídico sólo con el objetivo de perjudicar al sector cinegético”.

“Las decisiones jurisdiccionales de las que discrepamos arrollan el derecho procesal con una finalidad de anteponer su voluntad a la estricta aplicación de la norma procesal, constituyendo ello, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la esencia del delito de prevaricación judicial, que en este caso no solo resulta consumado sino, incluso, agotado”, apunta la querella.

Para la parte querellante -como se explica en el voto particular del cuarto magistrado- la decisión de los jueces de no admitir el desistimiento a un recurso de reposición interpuesto por la letrada de la Comunidad no tuvo sustento jurídico real, sino que se hizo con la finalidad última de poder plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la recién aprobada Ley de modificación de la Ley de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Según esto, entienden que se habrían tomado decisiones ajenas al procedimiento judicial con el objetivo de perjudicar al sector cinegético. Como indica, el rechazo al desistimiento de la letrada de la Comunidad no tiene soporte jurídico. Por eso, entienden que se produjo una “prevaricación judicial de naturaleza procesal manifestada directamente en los autos de inadmisión del desistimiento y por alcance, porque supondría un evidente exceso de jurisdicción, en el auto de 11 de noviembre de 2019”.

Y es que el indicado auto, elevando la cuestión de inconstitucionalidad “constituye por sí solo un evidente exceso en el ejercicio de la jurisdicción en la medida en que el desistimiento previo constituía una causa impeditiva para dictarlo”.