UGT pide rescindir el contrato de seguridad de la AEAT

D.V.
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Las denuncias interpuestas contra la empresa de seguridad de la Agencia Tributaria hacen referencia al incumplimiento reiterado, por parte de la empresa, del convenio colectivo y de la normativa laboral

Sede de la Delegación Especial de Castilla y León de la Agencia Tributaria. - Foto: WELLINGTON DOS SANTOS PEREIRA

La Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT en Valladolid (FeSMC UGT Valladolid) ha interpuesto ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid cuatro denuncias contra Ariete Seguridad, adjudicataria de la viligancia de la Delegación de la Agencia Tributaria en Castilla y León por incumplimiento de la ley.

Esta empresa, con sede en la localidad madrileña de Alcorcón, cuenta con seis empleados que se encargan de la vigilancia del referido centro, sito en la Avenida de Salamanca de la capital vallisoletana.

Pues bien, tal como han informado desde el sindicato, las denuncias interpuestas hacen referencia al incumplimiento reiterado, por parte de la empresa, del convenio colectivo y de la normativa laboral.

Tal y como ha detallado el secretario general de FeSMC UGT Valladolid, Luis Segoviano, "los cuadrantes de servicio incumplen tanto los descansos entre jornada como entre turnos".

Según queda recogido en el artículo 52 del convenio colectivo de empresas de seguridad, el descanso mínimo establecido entre jornadas es de 13 horas, que no se cumple cuando los trabajadores terminan su jornada a las 21.30 horas y comienzan a las 07.30 del día siguiente.

Respecto al descanso entre turnos, las tres horas estipuladas tampoco se cumplen cuando un mismo trabajador tiene turno partido de 07.30 a 14.30 y de 15.00 a 21.30 horas.

Otros incumplimientos, que también han sido denunciados por UGT, hacen referencia a jornadas continuadas de 11.30 horas, e incluso de 13 horas, a que no se abonan las horas extras trabajadas, o a los cambios de los cuadrantes mensuales que son comunicados a los interesados con dos días de antelación.

Además, la empresa se niega a entregar los cuadrantes mensuales con los turnos de todos los vigilantes amparándose en la ley de protección de datos.

Sin embargo, la Agencia Española de Protección de Datos, en la consulta realizada, indica "que en aquellos casos en que se trata de un trabajo de sistema de turnos o bien que el horario de los trabajadores necesita que sea conocido por el resto a efectos de la organización de la prestación laboral, existe un interés legítimo para que los citados trabajadores puedan conocer los horarios del resto".

Por todo ello, el secretario general de FeSMC UGT Valladolid ha puesto en conocimiento de Delegación de la Agencia Tributaria en Castilla y León las denuncias interpuestas, señalándoles que el artículo 211 de la Ley de Contratos del Sector Público recoge como causa de resolución "el impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los convenios colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato".

En definitiva, según ha manifestado Luis Segoviano, "todos estos incumplimientos denunciados, y debidamente documentados, deben servir a la administración para que adopte las medidas oportunas".