UPN valora suspender dos años y medio a sus diputados díscolos

Europa Press
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Sayas y Adanero votaron en el Congreso en contra de la reforma laboral del Gobierno, incumpliendo las órdenes de su partido. Ambos políticos presentarán alegaciones, para lo que disponen de cinco días

Sergio Sayas (i) y Carlos García Adanero (d) en una foto de archivo - Foto: EFE/Jesús Diges

El Comité de Garantías y Disciplina de UPN ha propuesto la suspensión de militancia durante dos años y medios de los diputados regionalistas Carlos García Adanero y Sergio Sayas por no haber acatado la directriz del partido de apoyar la reforma laboral; una infracción que, a la vista de la sanción propuesta, se ha considerado grave.

Así lo ha decidido el Comité de Garantías después de escuchar el lunes a los dos diputados, a quienes citó a comparecer en la sede de UPN en Pamplona. A partir de ahora, Sayas y García Adanero disponen de cinco días para presentar alegaciones a la propuesta del Comité de Garantías. Los diputados presentarán alegaciones, según ha confirmado el propio García Adanero.

El Comité de Garantías ha realizado su propuesta después de que el Comité Ejecutivo del partido, con el aval del Consejo Político de UPN, solicitara que los dos diputados entregaran el acta o, de lo contrario, iniciaría el procedimiento para su expulsión.

Sin embargo, el lunes tanto Sayas como García Adanero defendieron ante el Comité de Garantías que no habían incumplido los estatutos del partido. Adanero afirmó que "no se han incumplido los estatutos, no hemos ido en contra de los principios y valores de UPN, al revés, todo lo contrario, hemos defendido los principios y valores de UPN, por lo tanto, la conciencia tranquila".

Por su parte, Sergio Sayas aseguró que va a ir "a por todas para defender mi permanencia en el partido, es un partido en el que creo, es un partido en el que quiero seguir y creo que no hay ninguna razón que pueda justificar ni una expulsión, ni un cese de militancia, ni sanción de ningún tipo porque en ningún caso hemos incumplido los estatutos del partido".

Tras conocer la propuesta del Comité de Garantías, Carlos García Adanero ha afirmado que presentará alegaciones y ha señalado que, dado que la expulsión "no es posible estatutariamente, han buscado una expulsión en diferido" con la suspensión de militancia durante dos años y medio.

El diputado ha explicado además que "nos llama la atención la rapidez" de la decisión del Comité de Garantías. "El jueves por la tarde votamos, hoy es miércoles, no sé si hay órgano que se dé tanta rapidez en tomar unas decisiones, no sé si existe en toda España", ha asegurado.

El Comité Ejecutivo de UPN adoptó el viernes por la tarde un acuerdo por el que pedía a los dos diputados que entregaran sus actas o, de lo contrario, iniciaría el procedimiento para su expulsión. Dicho acuerdo fue ratificado al día siguiente por el 80% del Consejo Político.

 

Una infracción grave

El Comité de Garantías y Disciplina de UPN ha propuesto la suspensión de militancia al considerar que la infracción es grave.

Según contemplan los Estatutos del partido, cometer infracciones graves supone la suspensión de militancia por un periodo de tiempo de entre uno y tres años o la inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de este por igual periodo de tiempo. Ambas sanciones no son excluyentes entre sí.

El artículo 108 de los Estatutos recoge, entre los supuestos que se consideran infracciones graves, el de "desobedecer las instrucciones o directrices de los órganos de gobierno y representación del partido, o de los grupos institucionales del mismo, cuando no constituya una infracción muy grave".

También ve graves otros casos como "propagar, por cualquier medio, noticias que desprestigien al partido, sean descalificatorias del mismo o de cualquiera de sus órganos de Gobierno, representación o de los grupos institucionales siempre que así lo entienda el Comité de Disciplina" o "realizar declaraciones y manifestaciones públicas en nombre del partido que comprometan políticamente al mismo sin contar con la autorización expresa de la Presidencia del Comité Ejecutivo que corresponda en sus diferentes ámbitos".

Por otro lado, en el artículo 109 de los Estatutos se consideran infracciones muy graves conductas como "la manifiesta y reiterada deslealtad al partido, a sus órganos de gobierno y representación, entendida esta como toda acción u omisión voluntaria encaminada a perjudicar el interés general del partido que tenga especial gravedad en opinión del Comité de Disciplina por su naturaleza y difusión".

También otras como "actuar en el ejercicio de los cargos públicos en forma contraria a los principios y programas del partido" o "revelar a terceros cualquier acuerdo, resolución o decisión del Partido o de sus grupos institucionales cuando se haya acordado guardar secreto o reserva sobre los mismos".

La infracción muy grave puede conllevar la expulsión del partido, la suspensión de militancia por un periodo de tiempo de entre tres años y seis años y la inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de este por igual periodo de tiempo.

El Comité Ejecutivo de UPN, con el respaldo del Consejo Político, había acordado pedir a los dos diputados que entregaran su acta o, de lo contrario, iniciar el procedimiento para su expulsión.