«No faltaban herramientas penales contra los delitos sexuales»

Alfonso G. Mozo
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Entrevista con el portavoz en Castilla y León de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria y magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valladolid

Óscar Rojas, portavoz en CyL de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. - Foto: Jonathan Tajes

Óscar Rojas es la voz en Castilla y León de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, una agrupación de jueces considerada moderada en su ideología y que es la segunda con más miembros dentro de la judicatura, solo por detrás de la APM. Este magistrado arandino de 47 años es el titular del Juzgado de lo Contencioso 3 de Valladolid y lleva cuatro en la portavocía de la AJFV, desde donde trata de trasladar a la sociedad una visión sosegada y alejada del ruido mediático de los problemas que incumben a la justicia. Incluso en asuntos tan polémicos como el de la ley del 'solo sí es sí'.

¿Cómo explicaría a un ciudadano lego los cambios que introduce en la legislación española la llamada ley del 'solo sí es sí'?

La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual modifica el Código Penal eliminando la distinción entre agresión y abuso sexual, de forma que todas las conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona se convierten en agresión. No es  tanto  que ahora se sancione cualquier conducta sexual que no tenga consentimiento, lo cual ya se sancionaba, ni que ahora el consentimiento tenga que ser escrito o más claro. Lo realmente importante es que se  eliminan los abusos sexuales, que antes eran los actos sin el consentimiento de la víctima pero también sin violencia o intimidación, que ahora se consideran agresión. En este sentido parece claro que la norma es hija del caso de 'La Manada'. Antes se consideraba que ejercer violencia o intimidación suponía un plus, algo que debía sancionarse más duramente, como en el robo y el hurto. Ahora se regulan juntos, de forma que se aplica el mismo tipo (no necesariamente la misma pena) a los tocamientos que a las agresiones. Además, se define el consentimiento de forma similar a como se estableció en el Convenio de Estambul, pero, no obstante, el problema de consentimiento siempre ha sido la prueba y no el qué debe entenderse como consentimiento.

El objetivo era endurecer las penas, pero por ahora parece que solo se están dando rebajas, ¿es la realidad o es una sensación errónea?

Como acabo de explicar, el nuevo tipo, la agresión sexual engloba lo que antes eran dos figuras distintas, agresión y abuso sexual. Las conductas que antes eran calificadas de abuso sexual, en principio, se ven agravadas dado que pasan de ser sancionadas con la pena de prisión de entre 1 a 3 años o multa a, necesariamente, la de prisión de 1 a 4 años. Sin embargo, en otros casos no es así, porque la agresión sexual básica en la redacción anterior era de 1 a 5 años y ahora pasa de 1 a 4 años; la agresión sexual con agravantes del artículo 180, que antes se castigaba con una horquilla de 5 a 10 años de prisión, ahora pasa a ser de entre 2 y 8 años. Por lo tanto, las penas de algunas conductas se agravan y otras tienen una horquilla menor.

¿Cree que está justificada la polémica generada con esta nueva norma?

La revisión de penas en los casos de nuevas leyes penales es algo bastante frecuente y, normalmente, cuando se trata de delitos menos mediáticos, se desarrollan como un proceso normal y, por lo demás, exigido por el artículo 2.2 del Código Penal,  que recoge el principio penal de aplicación de la norma penal más favorable, un principio que ya existía desde la Ilustración. Sí existe un cambio social respecto de la gravedad que una determinada conducta puede tener, por ejemplo, cuando poco a poco se fue despenalizando algunos casos de aborto, la pena se reduce porque la sociedad considera que esas conductas no deben ser sancionadas o deben serlo menos; y esa nueva concepción social se aplica no sólo a actos cometidos después de la nueva norma, sino a los anteriores, porque la sociedad no cree que tengan que ser castigados o, al menos, no tan duramente independientemente de cuando se produjeron. En este caso se trata de cuestiones que han generado gran polémica y que ciertos grupos políticos han tratado de patrimonializar; por lo tanto, cualquier problema con ella lo entienden como un posible problema de imagen.

¿Los tribunales están obligados a efectuar de oficio las revisiones de pena que se están llevando a cabo?

Las revisiones de las penas pueden hacerse de oficio, como ha sucedido con la Audiencia Provincial de Zaragoza, o a instancia de parte. El artículo 2.2 del Código Penal y los principios constitucionales obligan a realizar esas revisiones.

Hay ciertos sectores del mundo judicial que temen condenas desproporcionadas por la desaparición del abuso sexual y la conversión de todas aquellas actitudes en agresión sexual, ¿está de acuerdo en que puede ser otro riesgo de esta ley?

Lo que debe considerarse como una pena desproporcionada o no depende del momento histórico-social. Está claro que los antiguos abusos sexuales pueden sufrir una agravación importante de las penas, pero también lo es que el nuevo tipo recoge una horquilla muy importante donde el juez puede escoger, dentro de ciertos parámetros, la pena que considere más proporcional.

¿Cree que el Código Penal tenía herramientas suficientes para castigar los delitos sexuales o era necesaria esta nueva norma?

No creo que se trate de falta de herramientas penales contra los delitos sexuales. Todos los actos de naturaleza sexual sin consentimiento estaban tipificados de una u otra forma. Creo que se trata más bien de evitar casos como el que vino a llamar 'La Manada' donde pueda haber problemas de inseguridad entre la intimidación y la falta de consentimiento.

¿Qué siente un magistrado cuando escucha a ministros atacar a los jueces españoles con la dureza que lo han hecho?

Desde luego no es agradable, como no lo sería para nadie, pero me temo que forma parte de una nueva forma de hacer política donde se tiende a considerar enemigo a todo el que pueda dañar  su imagen, y se le ataca con la mayor dureza posible; y porque además se cree que ese tipo de respuestas movilizará a sus partidarios e incluso podría generar nuevas simpatías. En este sentido no veo especiales diferencias entre este caso y el de los sanitarios madrileños.

La Fiscalía General del Estado ha dado los primeros pasos para unificar criterios y que los fiscales se opongan a rebajas siempre que las penas estén dentro de la horquilla, ¿es un parche o un primer paso para una solución?

El Ministerio Fiscal tiene un papel importante en el proceso de revisión de penas. Es además un cuerpo único y jerarquizado a cuya cabeza está el Fiscal General del Estado que se nombra por el Gobierno. Por lo tanto, como cuerpo único que es, lo lógico es que actúen de forma coordinada. Sí uno de los problemas ante cualquier novedad legislativa es que los distintos operadores jurídicos  uno pueda actuar, digamos, a su modo, la circular del Ministerio Fiscal es un primer paso para una solución. Pero no nos engañemos, la verdadera unificación vendrá de manos de la jurisprudencia del Tribunal Supremo. 

Entonces, al final, todo dependerá de la interpretación que haga el  Tribunal Supremo de esta nueva ley...

En principio sí, pero no puede descartarse algún tipo de intervención del Tribunal Constitucional o incluso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Tampoco puede olvidarse la reacción que pueda tener el legislador ante la solución que adopte el Tribunal Supremo. En casos como este se puede ver la importancia de la elección de cargos por el CGPJ y la importancia de que se respete la independencia del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal depende siempre, por último, del Gobierno, y aunque tome la decisión más acertada y razonada del mundo siempre quedará bajo sospecha de influencia. Tenemos que evitar que pase eso con el Poder Judicial que empieza a perfilarse como una de las escasas instituciones independientes que quedan ante la voracidad del poder ejecutivo/legislativo. Tiene sus defectos, como no, pero ¡qué menos que ser independiente!.