Anulan la condena por blanqueo al líder de la banda del BMW

D. V.
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León absuelve de este delito a José Luis R, alias 'Pipi' y a sus padres, aunque el fallo no afecta a la pena de cuatro años de cárcel impuesta al primero por delito continuado de robo

El 'Pipi', durante su declaración en la Audiencia de Valladolid. - Foto: Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha resuelto absolver del delito de blanqueo de capitales a José Luis R, alias 'Pipi', líder de la 'Banda del BMW', y a sus padres, Sotero y Segunda, y ha revocado por ello la condena de ocho meses de cárcel impuesta al primero y los seis meses que recayeron sobre sus progenitores y las multas de 45.000 euros de cada uno de los tres.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, estima de este modo los recursos de los condenados y revoca el fallo condenatorio dictado en junio por la Audiencia vallisoletana, en el sentido de que absuelve a los tres del referido de delito que les imputaba el fiscal por poner el primero a nombre de sus padres un vehículo BMW, adquirido por 21.000 euros en metálico y objeto de reparaciones por otros 8.428; una furgoneta Opel Vivaro que costó 14.000 euros, así como una finca en Tudela de Duero por la que se abonaron 'a tocateja' 12.000 euros, bienes todos ellos supuestamente sufragados con dinero de la actividad delictiva de 'Pipi'.

La absolución dictada por el TJSCyL se basa en que "no aparece suficientemente acreditada la comisión del delito de blanqueo de capitales del artículo 301.1 del Código Penal por el que han sido condenados los tres acusados apelantes, en primer lugar porque es "claramente cuestionable que pueda entenderse plena o suficientemente probado que la actividad delictiva del hijo le generase ingresos, en definitiva dinero, que se utilizó para adquirir los bienes indicados", al tiempo que recuerda que la citada actividad delictiva imputada por el fiscal se refiere a ellos cometidos a posteriori de la adquisición de los bienes.

En tercer lugar, "y aun siendo suficiente cuanto se ha expuesto anteriormente para descartar como acreditado el delito de blanqueo, si examinamos los actos de adquisición de bienes que se consideran integran la conducta delictiva, tampoco está suficientemente acreditado el requisito de que tales bienes se adquiriesen para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludirlas consecuencias legales de sus actos, al menos no respecto de todos ellos".

El fallo condenatorio de los tres, tal y como justificaba la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, obedecía a la convicción de que 'Pipi', "para poder ocultar el dinero que generaban los delitos por él cometidos" en forma de numerosos robos al frente de la 'Banda del BMW' "y poder beneficiarse de estos ingresos", se concertó con sus padres, Sotero y Segunda, para dar apariencia legal a las tres operaciones comerciales analizadas en el juicio.

Aunque la defensa basaba la absolución en que tales compras se efectuaron con carácter previo a los robos reconocidos por 'Pipi', la Audiencia de Valladolid alegó que "en la lectura de la hoja histórico penal del condenado que obra en la causa y que se incluyó entre la prueba documental de fiscal se acredita de forma objetiva que antes del 29 de abril de 2013 y al menos desde el 13 de febrero de 2001 ya había sido condenado por diversos delitos contra el patrimonio y robo con fuerza en las cosas, actividad delictiva que tuvo que generar unos ingresos que fueron utilizados en operaciones comerciales con apariencia de total licitud".

Cuatro años por robo continuado

El tribunal sentenciador, en el mismo fallo, impuso al 'Pipi' cuatro años de cárcel por delito continuado de robo, pena que ya había sido pactada por el encausado y que se mantiene firme, y condenó también a otros once integrantes de la banda a distintas condenas, igualmente de conformidad, que oscilaban entre los 364 euros de multa y los casi cinco años de privación de libertad, conjunto de penas que se elevaron a 32,5 años, muy lejos de los 149 que el fiscal pedía para los doce procesados por una veintena de robos entre diciembre de 2016 y marzo de 2017.

Otros dos de los acusados ni siquiera comparecieron en el juicio por encontrarse en paradero desconocido y, por tanto, fueron declarados en rebeldía. Se trata de Andrés M.G. ('El Viejo' o 'Goyo') y Rolando José G. ('Venezuela'), quienes en su día, una vez detenidos, compartirán banquillo y se expondrán a penas de 13,5 y 8,5 años de cárcel, respectivamente.

Por lo que respecta al delito de blanqueo de capitales, tanto el 'Pipi' como sus padres, Sotero R.M. y Segunda, se declararon inocentes en el juicio, a pesar de que el fiscal del caso mantuviera la convicción de que la compra de dos coches y una parcela-merendero en Tudela de Duero se efectuó con dinero procedente de la actividad delictiva de la banda.

"¡Todo lo he comprado con los ahorros de mi trabajo a lo largo de treinta y seis años en la Fasa Renault!", es la frase que el padre del líder de la 'Banda del BMW' repitió hasta la saciedad para justificar la procedencia lícita de los cerca de 60.000 euros que en poco más de un año y ocho meses desembolsó 'a toca teja' para la compra de los vehículos y la parcela.

En su declaración, el progenitor de 'Pipi' sostuvo que tanto la furgoneta comprada en 2013 como el BMW X6 adquirido el 9 de junio de 2014 y la parcela en la calle Extrarradio Diseminado de Tudela en 2015, con un montante global de casi 60.000 euros, fueron pagados de su bolsillo y a plazos con "ahorros obtenidos honradamente a lo largo de treinta y seis años de trabajo en la Fasa Renault", sin que su hijo le hubiera dado un solo euro para que dichos bienes.

Aunque uno de los turismos fue adquirido por 21.000 euros, con posterioridad el mismo fue sometido a una serie de arreglos en las instalaciones de Fuenteolid, en Valladolid, por importe de más de 8.000 euros que la empresa acredita que también fueron 'a toca teja', aunque el 'Pipi' alegó que las reparaciones fueron costeadas por el seguro ya que el coche estaba a todo riesgo.

'Pipi', cuya vida laboral se reduce a un contrato de un año, cinco meses y veintinueve días, explicó que en 2014 vivía del dinero obtenido por tareas de "intermediario" en operaciones de compra-venta de coches y parcelas entre Valladolid y Madrid, si bien el informe patrimonial elaborado por una agente de la Policía Nacional utilizado por el fiscal del caso atestigua que "no hay una explicación lógica" que permita justificar la procedencia lícita del dinero utilizado en las tres adquisiciones.

El informe, con datos de Hacienda, la Seguridad Social y Tráfico, constata que 'Pipi', no tiene nada a su nombre, carece de trabajo e ingresos conocidos y tan solo tiene con su pareja dos cuentas bancarias, sin apenas saldo, y que la compra de los coches y la parcela no reflejan los correspondientes movimientos en las mismas ni tampoco en la de su progenitor, un jubilado al frente de seis hijos y con una pensión de no más de 1.200 euros al mes.

Dicho informe, impugnado por la defensa, fue utilizado por la acusación pública para mantener los cargos contra 'Pipi' y sus padres, mientras que el defensor pidió un fallo absolutorio por falta de pruebas, como así ha ocurrido finalmente, tras advertir de que las tres polémicas operaciones fueron efectuadas con anterioridad al periodo 2016-2017 en el que la 'Banda del BMW' cometió una veintena de robos, con lo que difícilmente el dinero obtenido en dicha actividad ilícita pudo haberse destinado a la compra de los coches y la parcela.