Declarado legal el CTR en San Martín de Valvení

D.V.
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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León tumba el recurso de Ecologistas sobre la legalidad del Proyecto Regional del Centro Integral de Tratamiento de Residuos Industriales No Peligrosos en el término municipal

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en Valladolid emitió una sentencia, con fecha 25 de octubre, en la que declara la legalidad del Proyecto Regional del Centro Integral de Tratamiento de Residuos Industriales No Peligrosos en el término municipal de San Martín de Valvení, con lo que tumba el recurso que había interpuesto Ecologistas en Acción. De este modo, la iniciativa seguirá delante, según un comunicado de la Junta.

La asociación ecologista había recurrido ante el TSJCyL el decreto de la Junta de 26 de diciembre de 2019 que aprobó el Proyecto Regional y que fue publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León el 30 de diciembre de ese año.

Como alegaban los Servicios Jurídicos de la Consejería de la Presidencia, la sentencia señala, en primer lugar, que un "proyecto regional" es un instrumento de intervención directa en la ordenación del territorio, pero a la vez tiene la consideración de instrumento de planeamiento urbanístico del municipio al que afecta, por lo que "habilita para la construcción de las instalaciones que contempla, sin perjuicio de que se requiera la obtención posterior de las licencias oportunas exigidas en otras normativas que resulten de aplicación", como pueden ser licencias de obra o autorización ambiental, entre otros.

Además, la resolución judicial rechaza la alegación relativa a que el Proyecto Regional en San Martin de Valvení vulneraba la protección del Corredor Ecológico del Duero y, específicamente, las cuestas, páramos y laderas pendientes no labradas. Los Servicios Jurídicos de la Junta han acreditado que el proyecto "no crea un camino nuevo que afecte a dichos elementos, sino que utiliza uno rural ya existente, similar al de acceso a fincas agrícolas, para el tránsito de vehículos que pueda conllevar la instalación, sin que tampoco el vallado o cierre perimetral del centro afecte al Corredor".

La sentenció añade que el Proyecto no supone la destrucción de numerosas plantas protegidas de la especie 'Nepeta hispánica', pues "no se ha probado su existencia en el camino rural, sino en las laderas de la zona cubiertas por vegetación natural y repoblación forestal", que no van a ser modificadas y que, en todo caso, "no sufrirían una afección significativa".

En cuanto a la ubicación del vertedero en suelo "inadecuado", el perito de la Junta, llevado al juicio por la letrada del Gobierno autonómico, acredita que constan en la documentación informes geológicos y geotécnicos que "desmienten las afirmaciones de Ecologistas en Acción relativas a que la zona sea inestable o cárstica, sin ninguna prueba al respecto".

Finalmente, confirma la sentencia la declaración de impacto ambiental que incorpora el Proyecto Regional, al describir las principales afecciones sobre la fauna, la flora y el paisaje y establecer las correspondientes medidas protectoras adicionales.

En este sentido, el director de los Servicios Jurídicos de la Junta, Luis Miguel González Gago, recordó que es la tercera sentencia contraria a Ecologistas en Acción "en un breve espacio de tiempo", tras la impugnación de la autorización para la puesta en marcha de una nueva línea de pintado de vehículos en Renault Valladolid y el recurso frente a la Estrategia para la Mejora de la Calidad del Aire en Castilla y León 2020-2030. Además, en este caso se le impone a la asociación el pago de las costas judiciales causadas.