Rechazan el recurso de una madre para no vacunar a su hijo

D.V.
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La Audiencia de Valladolid respalda a un padre que pleiteaba con su exmujer por la negativa de ésta a vacunar a su hijo de 13 años. La madre aseguraba que la vacuna podía ser perjudicial para el menor, pero los médicos acreditaron el beneficio

Vacunación en el Miguel Delibes. - Foto: J.T.

La Audiencia de Valladolid ha dado la razón a un padre que pleiteaba con su expareja por la negativa de ésta a vacunar contra el coronavirus al hijo común, de 13 años.

En su auto, la Sección Primera de la Audiencia rechaza el recurso de la progenitora contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Valladolid, que en noviembre de 2021 atribuyó al progenitor la facultad de decidir sobre la administración de la vacuna contra el covid-19 al menor, según la información del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.

La Fiscalía de Valladolid, en su argumentación para la desestimación del recurso de la madre, advertía de que la vacuna no es un ensayo clínico, sino que es un medicamento aprobado por la Agencia Estatal de Medicamentos y por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, así como que en ningún momento del procedimiento se alegó que tal vacuna fuese un ensayo clínico.

INFORMACIÓN DE INTERNET

Por el contrario, la acusación pública advierte de que la recurrente solo hizo referencia a que se consideraba que sus componentes podían ser perjudiciales para el menor y, para acreditarlo, no se aportó ningún informe oficial, sino información extraída de internet y un estudio, no habiéndose acreditado que la vacuna pueda tener efectos negativos para la salud del menor.

Además, en el presente caso el médico forense estudió el informe de la doctora pediatra del Centro de Salud de Portillo, y la historia clínica digital del menor, no constando en la misma ningún hecho de especial relevancia en cuanto a enfermedades ni constando alergias graves a medicamentos o vacunas. El forense añadía que el Ministerio de Sanidad y la Asociación Española de Pediatría se ha pronunciado sobre la vacuna del coronavirus en menores, de 12 a 18 años, y refiere que no causa perjuicio para la salud, al contrario, la mayoría de los estudios científicos llevan a concluir que los beneficios son innegables, tanto individual como poblacionalmente.

"Esta vacuna, como otras, son los instrumentos más eficaces de lucha contra las enfermedades infecciosas; está catalogada como medicamento inmunológico especial", apuntaba el forense. "En consecuencia, tal como antes se indicó, procede desestimar el recurso y confirmar el auto recurrido, sin imposición de costas del recurso de apelación", concluye la Audiencia Provincial.