Absuelto de sacar dinero de la cuenta de su hermana

D.V.
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El TSJ confirma la sentencia previa de la Audiencia Provincial de Valladolid. La Fiscalía solicitaba una condena de tres años de cárcel

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la absolución de un hombre con iniciales A.G.Y. del delito continuado de estafa sobre su hermana (M.L.G) del que se le acusaba por haber sacado a la misma de una residencia para hacerse con dinero de su cuenta bancaria y lograr que se le otorgara un poder para manejar su patrimonio.

En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del TJSCyL, con sede en Burgos, desestima de este modo el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal--al mismo se había adherido la acusación particular--y refrenda en todos sus términos el fallo anterior de la Audiencia de Valladolid, que consideró que los hechos carecen de relevancia penal y no se debería haber llevado la causa a juicio, según la información del Gabinete de Prensa del Alto Tribunal castellanoleonés recogida por Europa Press.

Pero además, la Audiencia Provincial consideró que los querellantes, sobrinos de M.L.G. y el acusado, tampoco tenían legitimidad para seguir un procedimiento penal por delito de estafa que imputaban a su tío.

En el fallo, además, se ponía de manifiesto que los sobrinos actuaron de forma similar y cuya actuación consideró irregular, al igual que en el caso del acusado. Los sobrinos anteriormente habían cambiado de sucursal las cuentas de su tía, figuraban como autorizados en las mismas, y en dicha sucursal M.L.G. firmó los documentos correspondientes para hacerles beneficiarios de sus planes de pensiones, con un valor de 139.000 euros.

Fiscalía de Valladolid solicitaba una condena de tres años de cárcel para el acusado y que el encausado indemnizara a su hermana en la cantidad de 10.460 euros.

Como víctima de los hechos figuraban la propia hermana del encausado, quien en 2018 se hallaba interna en el Centro de Mayores Vitalia Castillo, en Cabezón de Pisuerga, ya que tenía diagnosticado un deterioro cognitivo asociado a la enfermedad de Parkinson, lo que la incapacitaba para el gobierno de sus bienes y de su persona.

En este contexto, su hermano y acusado acudió al referido centro el 14 de agosto de este año y, al igual de lo que ya había hecho otras veces, comunicó a los responsables su intención de llevársela de vacaciones a Hospitalet de Llobregat (Barcelona), donde residía, aunque la acusación pública sostenía que la intención era aprovecharse de la merma de facultades de su hermana para obtener un beneficio ilícito a su costa.

Como prueba de ello se argumentó que, además de cargar en su cuenta alguna compra realizada, el 31 de agosto la llevó a una notaría de El Vendrell (Tarragona), donde consiguió que la septuagenaria le otorgara un poder general para poder realizar cualquier tipo de operación relacionada con el patrimonio de su hermana, al tiempo que utilizó dicha facultad para designarse como beneficiario de distintos instrumentos financieros contratados en su día por la anciana.

Ya en el mes de septiembre, el acusado acudió con su hermana al Centro Residencial Orpea Barcelona Guinardó, en la capital catalana, y dejó allí ingresada a la mujer.

Sin embargo, sus sobrinos acudieron a Barcelona el día 2 de octubre a la referida residencia y la recogieron, para acto seguido devolverla a la de Cabezón de Pisuerga y, además, revocar el poder notarial que la mujer había otorgado en favor de su hermano en la notaría de El Vendrell.