El TSJ niega la petición de dos promotoras de anular el PGOU

D.V.
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La sala considera que el Pleno "actuó legítimamente" cuando dejó sin efecto la primera aprobación "inicial" de La revisión y estableció otros criterios para la ordenación, pero estima la demanda relativa a los terrenos de Santa Victoria

Edificios de viviendas en Valladolid. - Foto: Ical

La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, con sede en Valladolid, ha desestimado la pretensión principal de Metrovacesa y Via Celere de anular en su totalidad la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, aprobada definitivamente por Orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de 3 de junio de 2020. 

 

La sala considera que el Pleno del Ayuntamiento de Valladolid "actuó legítimamente" cuando por acuerdo de 1 de marzo de 2016 dejó sin efecto la primera aprobación "inicial" de esa revisión y estableció otros criterios para la ordenación de la ciudad como consecuencia de la nueva composición de ese Pleno que resultó de las elecciones llevadas a cabo en mayo de 2015. El Tribunal tiene también en cuenta para desestimar la pretensión principal de los recurrentes que el Ayuntamiento llevó a cabo una evaluación ambiental que fue informada "favorablemente" por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, así como una nueva aprobación inicial de la revisión del Plan General que se sometió a información pública por dos veces. La Sala además desestima esa pretensión principal al considerar suficiente el estudio económico financiero que contiene la revisión del Plan General. 

 

TERRENOS DE EBRO

Sin embargo, el Tribunal estima la pretensión subsidiaria de las demandantes y declara la nulidad de la clasificación como "suelo urbano no consolidado" de los terrenos del Sector Azucarera Santa Victoria por tratarse de un suelo "urbano consolidado" al haberse llevado a cabo su urbanización y estar abiertos al público tanto los viales como los demás equipamientos de ese ámbito.Por ello, se considera anulado lo relativo a este aspecto dentro de la orden impugnada.

Se trata de unos terrenos que estaban vinculados a los de Piensos CIA, donde una modificación de los artículos del PGOU de 2003, declarada nula posteriormente, permitió a la empresa promotora construir 260 pisos más de los inicialmente permitidos.

El cambio de suelo urbano no consolidado a consolidado implica, según han apuntado fuentes municipales, que los propietarios de los terrenos no están ya obligados a ceder al Ayuntamiento suelos en otra zona cuando desarrollen urbanísticamente los terrenos de Azucarera Santa Victoria, por lo que el Consistorio pierde esos derechos.

 

REACCIÓN MUNICIPAL

El concejal de Planeamiento Urbanístico y Vivienda del Ayuntamiento de Valladolid, Manuel Saravia, ha destacado este martes, tras conocer una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en la que se desestima la anulación de la revisión del PGOU pero se declara nulo lo relativo a los terrenos de Azucarera Santa Victoria, que el fallo declara que la revisión se tramitó "correctamente de principio a fin".

Así lo ha señalado el edil de Valladolid Toma la Palabra en declaraciones remitidas a Europa Press, en las que ha recordado que en el recurso presentado, "Metrovacesa pretendía" que el Alto tribunal declarase que "todo el PGOU era nulo", para lo cual ha apuntado que aducían a "defectos de todo tipo, como la tramitación, estudio económico, del estudio ambiental estratégico o lo relativo a la Ley de procedimiento administrativo".

El Alto tribunal, ha incidido Manuel Saravia, sentencia que el PGOU ha sido "tramitado correctamente de principio a fin", algo que considera "lo más importante" del fallo.

Por otro lado, ha apuntado que la estimación parcial de lo relativo al ámbito urbanístico de la Azucarera Santa Victoria implica que los suelos pasan a considerarse Urbano Consolidado, por lo que el Ayuntamiento pierde los derechos a cesiones que se establecían en la revisión del PGOU para estos terrenos cuando los propietarios inicien su desarrollo urbanístico.