Los hoteles con tres o más estrellas pueden especializarse en turismo familiar, gastronómico o congresual

Ical
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La nueva regulación se recoge en un proyecto de decreto que la Junta de Castilla y León ha publicado en su portal Gobierno Abierto para recoger aportaciones hasta el 4 de agosto

Letrero de un hotel de tres estrellas en la capital burgalesa, con vistas al Arco de Santa María y la Catedral. - Foto: Alberto Rodrigo

Los hoteles de Castilla y León que cuenten con tres o más estrellas podrán especializarse y contar con la acreditación expedida por el Gobierno autonómico como hotel familiar, gastronómico, balneario, con historia, de congresos y eventos, enoturístico o de salud. Los que cumplan los requisitos fijados en la normativa, podrán acceder a varias especializaciones al mismo tiempo. Así lo recoge el proyecto de decreto publicado por la Junta en su portal Gobierno Abierto, por el que se regularán los establecimientos turísticos de alojamiento hotelero en la Comunidad.
 
Este documento, que admite aportaciones hasta el próximo 4 de agosto, pretende «conseguir que la oferta de los servicios sea diversa», y por ello busca «promover la calidad y la excelencia del turismo como estrategia de futuro», tal y como propugna la Ley de Turismo de Castilla y León.
 
La aprobación de esta ley en diciembre de 2010 introdujo la posibilidad de que los alojamientos hoteleros se puedan especializar según los requisitos y condiciones reglamentarios, lo cual exigía la publicación de un nuevo decreto que regule este tipo de establecimientos turísticos, apunta la Junta.
 
Para contar con la acreditación como hotel familiar, deberán acreditar una zona exterior de esparcimiento de al menos 200 metros cuadrados, además de un parque infantil, ludoteca, proyección de audiovisuales, servicio de animación o piscina al aire libre.
 
Quienes aspiren a ser considerados hoteles gastronómicos tendrán que tener servicio de catas y degustaciones, carta con menús temáticos, sumiller con experiencia y jefe de cocina reconocido, una oferta gastronómica vinculada al entorno comarcal y provincial, y una carta con menús de al menos cinco platos cuya base sean productos de denominación de calidad o marca Tierra de sabor, y al menos tres vinos de cada denominación de origen de la región.
 
Los hoteles balneario deberán contar con equipamiento médico-sanitario y fisioterapeútico, salones para ejercicios físicos y de recuperación, sala de lectura y zona de esparcimiento. Por otra parte, los hoteles con historia tienen que ocupar un inmueble declarado BIC , estar integrados en un conjunto histórico o haber sido escenario de un acontecimiento relevante, además de ofrecer información a sus ocupantes sobre la singularidad del inmueble.
 
Los hoteles de congresos y eventos tendrán que disponer de una sala de reuniones para al menos 70 personas, otra para conferencias, personal especializado en eventos, equipos audiovisuales y un servicio de intérpretes.
 
Por su parte, para la categoría de hotel enoturístico tendrá que contar con bodega propia o acuerdo con alguna adscrita al club Rutas del Vino de España donde se informe sobre el proceso de elaboración, crianza y conservación del vino, un servicio de catas mensual, y profesionales acreditados.
Por último, los hoteles de salud tendrán que ofertar tratamientos de bienestar ofrecidos por fisioterapeutas, pediluvio, saunas, bañeras de hidromasaje, baño de vapor, sala de reposo, cabinas de masajes, solarium y al menos una ducha vichí, escocesa o bitérmica.
 
Cinco tipologías. El proyecto clasifica los establecimientos en hotel, apartamento, motel, hostal y pensión. En los tres primeros, prevé una clasificación por estrellas, de una a cinco, en función de las instalaciones, equipamientos y servicios. En cuanto a los hostales, contarán con una o dos estrellas según su cumplimiento de los criterios fijados y podrán conseguir el distintivo de hostal con historia, mientras que las pensiones no contarán con diferentes categoría.
 
Excepcionalmente, a los establecimientos se les podrá dispensar del cumplimiento de algún requisito «cuando las circunstancias permitan compensar el incumplimiento con la valoración conjunta de las instalaciones, servicios y de las mejoras que incorporen, en particular cuando se instalen en inmuebles integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León».