En su fallo, al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial estima probado que el encausado, para quien el fiscal y la acusación particular habían solicitado una condena global de 18 años de prisión, considera probada la autoría de un delito de agresión sexual, dos de lesiones, otro de vejaciones injustas y un quinto de maltrato habitual y acuerda imponerle globalmente los 13 años citados de privación de libertad y diez días de localización permanente. Como medidas de seguridad, el tribunal acuerda también imponer la prohibición de comunicar con la víctima y acercarse a ella a menos de 500 metros, privación del derecho a portar armas durante dos años y la libertad vigilada del condenado durante seis años a partir de su puesta en libertad una vez que cumpla condena, y todo ello junto con la obligación de indemnizar a la víctima con 6.500 euros por daños morales.