Supermercados Día deberá pagar casi 3.000 euros a una cliente que resbaló con una mancha de suavizante

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La víctima, menor de edad, tuvo que acudir a rehabilitación por las lesiones que sufrió en la espalda y cervicales

El suceso tuvo lugar en un supermercado de Pajarillos. - Foto: Europa Press

Distribuidora Internacional de Alimentación S.A. (Día) ha sido  condenada a indemnizar con casi 3.000 euros a una menor de edad,  vecina de Valladolid, como consecuencia de las lesiones sufridas en  junio de 2010 en el supermercado que dicha cadena de alimentación  posee en el barrio de Pajarillos tras pisar una mancha de suavizante  que había en el suelo. 

 

La resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6  de Valladolid ha sido ahora confirmada por la Sección Tercera de lo  Civil de la Audiencia Provincial, con lo que la demanda contra Día ha  sido estimada íntegramente y dicha mercantil habrá de abonar a la  perjudicada, una menor de etnia gitana con iniciales T.M.L, la  cantidad de 2.859,12 euros, más los intereses legales devengados, por  las lesiones sufridas, además de pagar las costas judiciales, según  informaron a Europa Press fuentes jurídicas. 

 

El accidente se produjo el día 14 de junio de 2010 en el  supermercado de Día situado en la calle Aguila, cuando la menor  resbaló en un líquido viscoso, posiblemente suavizante, que había en  el suelo, a consecuencia de la cual la víctima sufrió lesiones que la  obligaron a recibir servicio de rehabilitación en la espalda y las  cervicales. 

 

PRUEBA INDICIARIA 

 

Aunque la mercantil eludió cualquier responsabilidad tras rechazar  que la víctima sufriera un accidente en sus instalaciones, la  sentencia dictada en primera instancia y, posteriormente, confirmada  por la Audiencia de Valladolid apunta que, aunque los únicos testigos  de los hechos son la menor y su abuela, existe suficiente prueba  indiciaria que no ha sido desvirtuada por Día. 

 

"Existe una conexión temporal entre la caída de la menor, que  sucede a media mañana del día 14 de junio de 2010, y su atención en  Urgencias a las 14.48 horas y el parte de lesiones correspondiente,  donde se diagnostica algia cervical y lumbar", dolencias que, en  opinión del tribunal, resultan compatibles con el resbalón mantenido  por la parte demandante. 

 

A ello se suman los testimonios de varias empleadas del  establecimiento, que reconocieron que el incidente fue puesto de  inmediato en su conocimiento, así como de un carnicero que no es  empleado de la empresa y que, si bien no vio la caía, explicó que  había observado el pequeño revuelo y agrupamiento de varias personas  que se produjeron tras el accidente. 

 

Pero, a mayores, la sentencia alude a la declaración de una  empleada que en aquel momento ejercía funciones de encargada y que  reconoció que cuando acudió al lugar donde se había producido la  caída vio una botella de lavavajillas que se había caído al suelo  desde un estante y que de la misma había salido una pequeña cantidad  de jabón líquido que ella misma se encargó primero de recoger con  papel y después limpió con una fregona. 

 

Ante toda esta prueba indiciaria, la sentencia condenatoria  recuerda que Día "debería haber evitado la existencia en el suelo de  su establecimiento de líquidos tan naturalmente resbaladizos como el  jabón". 

 

El abogado de la lesionada, Jaime del Pozo, ha censurado la  actitud que la mercantil condenada ha venido manteniendo desde el día  de siniestro. "Nos ha llamado mucho la atención el desinterés y el  rechazo total de la cadena de supermercados a nuestras reclamaciones  iniciales, pues ni se llegó a disponer seguimiento médico de la menor  por su entidad aseguradora, ni tampoco sirvió de nada la solicitud de  arbitraje que promovimos ante la Oficina Municipal de Información al  Consumidor, si bien siempre consideramos que habría de hacerse  Justicia, como ha ocurrido finalmente".