Méndez no podrá disfrutar de permisos penitenciarios hasta cumplir los primeros 9 meses

A.G.M.
-

La normativa exige haber cumplido una cuarta parte de la condena para poder salir algún fin de semana · El abogado del exalcalde de Arroyo aún no ha estudiado si cabe interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

José Manuel Méndez, exalcalde de Arroyo. - Foto: J. Tajes

José Manuel Méndez tendrá que cumplir nueve meses en prisión antes de poder empezar a disfrutar de sus primeros días de permiso. Esto es, principios de octubre de 2015, si se cumplen los plazos que se manejan en la Audiencia de Valladolid, que estiman que su ingreso se podría producir en la primera quincena de enero.

En cambio, para una hipotética libertad condicional, el exalcalde de Arroyo de la Encomienda va a tener que cumplir, al menos, dos años entre rejas (dos tercios de la pena impuesta por la Audiencia Provincial y confirmada anteayer por el Supremo), según informaron a este diario fuentes jurídicas, que recordaron que, para poder salir en libertad condicional, el interno tiene que estar en tercer grado y haber cumplido el grueso de su condena (esas tres cuartas partes o, excepcionalmente, dos tercios).

La normativa penitenciaria es taxativa para la práctica totalidad de los aspectos, exigiendo que las condenas se encuentren en una fase concreta de cumplimiento, si bien sí que deja abierta la puerta para poder pasar a tercer grado en cualquier momento. Incluso, si estuviese de acuerdo la junta de tratamiento de la prisión y el juez de Vigilancia Penitenciaria hasta podría ser su clasificación inicial, pero todas las fuentes jurídicas consultadas aseguran que eso es algo «muy improbable».

Lo más lógico, por lo tanto, sería que a José Manuel Méndez se le clasificase en segundo grado (el normal) y que, a partir de ahí, empezase él a solicitar a la cárcel su progresión de grado. Estando en tercero y teniendo trabajo en el exterior, puede limitarse a ir a dormir a la prisión o al Centro de Inserción Social (CIS). Usando de ejemplo el caso de Jaume Matas, el expresidente de Baleares logró el tercer grado al cumplir un tercio de su condena que, en el caso de Méndez, sería un año, pero, como en el caso de Matas, esto también sería susceptible de ser revocado por la Justicia.

Para los permisos (18 días cada semestre, empalmando siete como máximo), no hace falta estar en tercer grado, aunque sí tener ya cumplido el primer cuarto de la condena (en el caso del exalcalde de Arroyo, esos nueve meses) y, por supuesto, tener buena conducta.

Recurso. Por otra parte, Javier Gómez de Liaño, letrado de José Manuel Méndez, todavía no ha tomado una decisión al respecto del hipotético recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. «Tenemos aún tiempo. Hay que estudiarlo», explicó ayer a este diario.