Los adjudicatarios de las viviendas que la promotora Larcovi tenía previsto construir dentro del Plan Parcial Los Santos-Pilarica comienzan a ver la luz al final del túnel. La Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda (VIVA) convocó ayer a los futuros vecinos a una reunión en su propia sede para explicarles que podrían recuperar el dinero que habían adelantado mediante los pagos fraccionados en concepto de adquisición de vivienda en la parcela 19 del Plan Parcial Los Santos-Pilarica perteneciente a Larcovi y, además, podrán optar a la compra de otro inmueble en la misma zona y por el mismo precio.
VIVA ha adquirido esta parcela a Larcovi por tres millones de euros después de que la promotora no pudiera afrontar la construcción del inmueble al no conseguir el dinero necesario por falta de créditos bancarios por diferentes entidades financieras. Así las cosas, la concejala de Urbanismo, Cristina Vidal, y el gerente de VIVA, César Alonso, firmaron ayer el contrato con la empresa Larcovi en virtud del cual el Ayuntamiento recupera la parcela.
Además, Larcovi puso ayer a disposición de la Sociedad de Suelo y Vivienda los cheques a nombre de los adjudicatarios de la cantidades que cada uno de los futuros vecinos ha entregado por la compra de la vivienda. Estos cheques podrán ser retirados en las mismas dependencias de VIVA a partir del próximo sábado, 30 de julio.
Por otra parte, la concejala de Urbanismo explicó a los presentes en el encuentro que todos aquellos que estén interesados podrán optar a la compra de una vivienda en Los Santos-Pilarica.
En este sentido y con el fin de agilizar la construcción de las viviendas en esa parcela, VIVA sacará la convocatoria de un nuevo concurso en los próximos días para la venta de la citada parcela. En el nuevo pliego de condiciones, dentro de las obligaciones del promotor adjudicatario de la parcela destaca la obligatoriedad de mantener el precio de las viviendas se que se determine expresamente en el propio pliego, sin posibilidad de variación al alza.
Además, tanto en la publicidad de la promoción como en la celebración del sorteo público ante notario para la selección de los posibles compradores, el promotor debe hacer constar expresamente la no obligatoriedad de la adquisición de una segunda plaza garaje que no esté vinculada a la vivienda.
Por último, la promotora no podrá incluir en los contratos privados de compraventa que realice con los futuros compradoras cláusulas de penalización por cuantía superior a un diez por ciento de las cantidades entregadas, por causas imputables a los adjudicatarios de las viviendas y de la misma forma no se podrán incluir entre éstas, las situaciones de desempleo acreditadas o el cambio de domicilio por razones laborales.
En todo caso, deberá mantenerse un equilibrio y reciprocidad respecto de las obligaciones de cada una de las partes en el contrato de compraventa.