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Castilla y León

13/11/2008

El TSJ suspende la obligación de cursar Educación para la Ciudadanía

La Junta anuncia que no recurrirá el auto y extiende la sentencia a los 106 estudiantesque han presentado recurso de reposición contra la obligatoriedad de esta asignatura

ical / valladolid

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Valladolid estimó, como medida cautelar, la suspensión de la resolución del consejero de Educación, Juan José Mateos, en la que se denegaba la objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía por lo que queda sin «eficacia jurídica la obligatoriedad de cursar, recibir las enseñanzas y ser evaluado» según recoge la resolución judicial. Contra esta resolución cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días ante esta misma Sala, según se desprende del auto.



decisión de la junta. Ante esta noticia la Junta anunció ayer que no recurrirá este auto y extendió la suspensión cautelar no sólo a los 16 alumnos que les afecta, sino a los 160 que presentaron recurso de reposición contra la obligatoriedad de la asignatura. Además, la Consejería de Educación mantiene su postura contraria a la materia que ha sido implantada «por imperativo legal» en Castilla y León «aunque desprovista de carga ideológica en sus contenidos, circunstancia que ha motivado que el Gobierno lo haya recurrido ante los tribunales», se aseguró desde el Ejecutivo autonómico.

Este auto responde a una medida cautelar hasta que la Sala dicte sentencia sobre la pieza principal que se refiere a los más de 400 recursos de objeción de conciencia que hasta ahora ha recibido. Asimismo, estima que en este caso concurre el ‘periculum in mora’ que se refiere al peligro en la tardanza en la resolución del procedimiento y cree que tratándose de derechos fundamentales su vulneración «o se produce o no se produce». «Se podrá discutir la gravedad de la violación de los derechos, pero su transgresión existe o no».

Por eso, alega que en la «tesitura de un hipotético fallo estimatorio del recurso, de no adoptarse la medida que ahora se solicita, perdería sin género de dudas su finalidad». Es decir, que el auto se refiere a que si la resolución de la sentencia se demora, los alumnos podrían haber cursado ya parte de la asignatura. El TSJ advierte que a diferencia de otras materias esta suspensión no implica sólo recibir unos determinados conocimientos, «sino que se exige del menor que los incorpore a su comportamiento para siempre».



finalidad del recurso. El auto, cuyo ponente del fallo es el magistrado Javier Zatalaín, entiende que si no se procediera a la suspensión de esta medida cautelar se produciría una «clara» pérdida de la finalidad del recurso, que es la propia objeción de conciencia, que a su vez es la petición de los padres del derecho a la objeción de conciencia para que sus hijos no cursen la asignatura. De hecho, la sala tiene presente que la duración del proceso sería muy significativa en relación con la duración del curso y por tanto, de los contenidos que los padres rechazan.

Por otra parte, rechaza el argumento de la Junta de que la adopción de estas medidas perjudicaría los intereses generales, al alegar la necesidad del incremento de docentes. Sin embargo esto no es probable por el «escaso» número de alumnos que han solicitado la objeción. También rechaza la afectación del interés del alumno, ya que los únicos perjuicios al acceder a esta medida cautelar, si posteriormente se refutara el recurso, sería «la falta de evaluación y la necesidad de recuperación de esa evaluación» para el alumno, un perjuicio que los progenitores no entienden como grave.    

Comentarios 2 comentarios

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  1. Tranquilo Futurman. Los padres han apelado a la objeción de conciencia, no a la religión. Han pedido amparo para defender ese derecho a los tribunales y todo se ha movido en el plano de la ley y de los cauces ordinarios del estado de derecho ¿qué problema hay? Los padres objetores a la EpC consideran que esta asignatura, tal y como está planteada, vulnera un derecho fundamental que les reconoce la Constitución. Menos mal que actúan y que lo hacen por las vías legales. Eso sí que es ciudadanía.

    Mónica Miguel - 14/11/2008 · 12:01 h.
  2. ... y mañana porqué no prohiben las matemáticas o la física o las ciencias sociales?. Claro , no lo harán porque por encima de las leyes estos señores tienen sus creencias religiosas.¡¡Basta ya!! ¡¡Estado laico!!. Basta de supeditarnos unos pocos a las creencias de otros.Si queréis respeto, respetad vosotros a los demás.Y luego se escandalizarán de que se les ataque o que nazcan sentimientos anticlericales.¡¡Hay muchos que ya estamos muy hartos de esta situación!!¡¡¡¡¡¡¡Basta ya!!!!!!.

    futurman - 13/11/2008 · 19:30 h.
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